Convocados sus miembros a las 10:00 horas del día 06 de Septiembre, de manera presencial en la Ciudad Administrativa de la Generalitat, la Comisión de Coordinación se reúne para tratar los asuntos en el siguiente orden del día: Destacar la ausencia de diferentes miembros de la Comisión de Coordinación, así como que no ha habido presente ningún Alcalde/sa, ni miembros de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
1.- Lectura y aprobación de las sesiones anteriores de 15 y 22 de Junio de 2022.
2.- Proyecto de decreto por el cual se regulará el sistema de selección en los procesos de selección de estabilización de ocupación temporal en los cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana.
Nos hacen entrega del borrador definitivo del decreto de estabilización, una vez superado el periodo de exposición pública, recibiendo alegaciones externas (siendo desestimadas todas ellas. Entre otras varias del sindicato UGT al no haberlas presentado cuando tuvo ocasión en el seno de la Comisión de Coordinación), por lo que el decreto permanece conforme se negoció en Comisión de Coordinación, pasando en esta ocasión trámite al Consejo Consultivo. Según indican desde la Agencia, a finales del mes de octubre pueda enviarse a publicación oficial el referido decreto.
Se advierte por parte de la Agencia Valenciana de Seguridad, que algunos municipios han enviado a publicar sus propias bases que regularán los procesos de estabilización, aun habiendo sido advertidos previa y expresamente por la Agencia de la imposibilidad de hacerlo hasta tanto no se encuentre en vigor el decreto autonómico específico, y las respectivas bases, se desarrollen conforme al mismo, por lo que según nos informan desde la Agencia, van a realizar la respectiva advertencia al objeto de que paralicen los procesos selectivos.
3. IVASPE (Cheste-Alicante).
Nos informan desde la Agencia que el Curso básico en Alicante a desarrollar en la Ciudad de la Luz, comenzará en fechas próximas al día 15 de Octubre (entre el día 4 y 6 tendrá lugar el acto de bienvenida). Está previsto que acudan 106 Policías Locales de la ciudad de Alicante y alrededor de 80 Policías locales del resto de municipios de la provincia.
En relación al curso de las escalas ejecutiva, técnica y superior iniciará en Elche durante el mes de noviembre. Afectará a los mandos de la provincia de Alicante.
La Agencia nos informa de la necesidad existente, dada la carencia de profesores en determinadas materias, de realizar procesos de selección para los cursos de Alicante, por lo que en próximas fechas, se darán a conocer y realizarán las correspondientes entrevistas. Del mismo modo, informa el Director de la Agencia, sobre la contratación de personal administrativo para prestar servicios en IVASPE Alicante y Cheste (7-8 personas).
En relación al comienzo de los cursos para policías de las provincias de Castellón y Valencia, la Agencia informa que, de la escala ejecutiva técnica y superior iniciarán en los meses de noviembre o diciembre. La escala básica iniciaran el curso en enero o febrero de 2023, dado que no se ha finalizado con el curso actual.
Por otra parte, nos traslada el Director de la Agencia que, dado los problemas existentes en Intervención de la Generalitat en pagar a los Instructores IVASPE por los servicios prestados, se van a realizar Convenios con los ayuntamientos, para poder dotarse de instructores y que sean los ayuntamientos los que abonen económicamente a los Instructores, con el dinero procedente de una subvención que la Generalitat pondrá a disposición de cada ayuntamiento que aporte policías-instructores, siempre respetando el orden de la bolsa aprobada.
CCOO PL responde al Director de la Agencia que esa fórmula puede presentar problemas, dado que la suscripción del Convenio es voluntaria por parte de los ayuntamientos, y existirán policías pertenecientes a la bolsa cuyo ayuntamiento no suscriba el Convenio o bien, utilice a su antojo la suscripción como forma de premiar o castigar a los policías, decisiones que desvirtuarían el orden establecido en la bolsa y consecuentemente su composición en razón a los méritos, capacidad de sus miembros.
El Director de la Agencia responde a CCOO PL, que efectivamente eso podría suceder, por lo que se compromete a llamar personalmente a cada uno de los responsables de los ayuntamientos que aporten policías, al objeto de que suscriban el correspondiente Convenio. CCOO PL, realizará un seguimiento y estará atento a cualquier maniobra de este tipo que se pueda producir.
4.- Resolución de 1 de Octubre de 2021 por el cual se amplía la Base de datos del profesorado Colaborador del IVASPE.
La Agencia en relación a la modificación de la resolución, va a crear una comisión (grupo de trabajo) en el cual se reunirán semanalmente, contando con un miembro de cada sindicato. Se nos indica que se va a ampliar la base de profesorado.
El miembro de la Comisión Sr. Collado, tras criticar las disfunciones y desastre que ha producido la Resolución mentada, dice tener el texto de un borrador que utilizando la mentada Resolución, ampliaría bolsas anteriores de personal docente.
CCOO POLICÍA, interviene recordando que el compromiso en una Comisión anterior es la de negociar una nueva resolución con todas las garantías y sin arbitrariedades que invalidara la actual resolución, así fue acordado expresamente. El problema parece radicar en que una nueva Resolución crearía una bolsa que invalidaría las anteriores, y con ello, la posición privilegiada que poseen ciertos profesores desde hace más de 20 años, entre los que se encuentra el propio Sr. Collado.
5.- Modificación del artículo 41 bis 4 de la ley 17/2017 de Coordinación de Policías Locales, modificada por ley de medidas fiscales de gestión administrativa y financiera y organización de la Generalitat.
Se encuentra a falta de informe de la Abogacía de la Generalitat y posterior traslado al Consell Jurídic Consultiu.
6.- Cámaras unipersonales y en las patrullas policiales.
Interviene el miembro de UGT e informa de su deseo de que los policías locales y vehículos policiales vayan dotados de cámaras de grabación continua.
Interviene un Jefe de PL, miembro de la Comisión y responde que él ha realizado recientemente todas las gestiones posibles, dada su voluntad de dotar a su plantilla de este instrumento, y (salvo las incorporadas en los “tasers”) le ha resultado imposible por la serie de trabas jurídicas que ha encontrado.
UGT, sin argumento normativo alguno, se limita a reiterar que si CNP puede, PL también debe poder, evidenciando desconocimiento y falta de preparación.
Llegados a este impás, CCOO PL, se limita a hacer lectura del artículo 17. Dispositivos móviles de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales... y recomendar la lectura del artículo del día 10-08-2022 del abogado especializado David Morro Cuenca.
Tras las dudas suscitadas en el seno de la Comisión acerca de la legalidad de la petición realizada por UGT, y al objeto de no comprometer la labor y responsabilidad de los policías, se acuerda por los miembros de la Comisión, trasladar a la Agencia Valenciana de Seguridad, la realización de un informe jurídico que contenga un estudio al respecto.
7.- Turno abierto de palabras.
En ruegos y preguntas CCOO PL tras explicar el contenido de un estudio reciente que ha realizado con resultados muy preocupantes sobre la superación de las nuevas pruebas físicas que introduce el Decreto 179, propone que se incluya para tratar en la próxima Comisión dos modificaciones del referido decreto. Uno afectaría a las pruebas físicas y el segundo trataría la eliminación del requisito de estatura.
CCOO PL, habiendo trabajado previamente, aporta a todos los miembros de la Comisión un borrador que contiene la modificación pretendida, coincidiendo todos los presentes, tras el relato del resultado del estudio realizado por CCOO, en la necesidad de revisar las pruebas físicas que introduce el decreto 179.
CCOO PL. Ha propuesto que se incorporen como puntos a tratar en la siguiente Comisión de Coordinación que se celebre los siguientes asuntos;