sábado, 13 de enero de 2018

La reserva de plazas en policía para mujeres tras la nueva Ley de Coordinación.

Por J.Conesa

Escribo este post consciente de que va a ser difícil que sepáis diferenciar entre lo que yo opino a título personal con la.  Posición que ostento en CCOO.

Es evidente que lo que aquí voy a comunicar es una opinión exclusivamente personal y por lo tanto nadie debe interpretar en mis palabras que hablo por boca de CCOO, ni por la del Equipo de Dirección  de la Agrupación de Policía Local de CCOO.

Recientemente hemos leído en los medios de comunicación como el Ayuntamientode Valencia se ha apresurado a hacer público que el proceso selectivo de 40 plazas de agente de policía local llevará la reserva del 30% de plazas para mujeres. Es más, llegan a determinar que se fijan en orden a los turnos de movilidad y libres, 4 y 8 plazas reservadas. Y ya esta !

Es cierto que se menciona la existencia del Plan de Igualdad, previo a la aprobación de la Ley 17/17 de Coordinación y que fue elaborado en un contexto legal en el que no existía esta ley y por tanto la transitoria que fija en la misma la reserva de plazas para mujeres, del 30% hasta alcanzar el 40% en los cuerpos de policía local.

Las prisas por aprobar las bases de convocatoria del proceso selectivo, como siempre, no parecen a mi juicio buenas compañeras.

Un tema tan delicado, en el que nos jugamos tanto (nada mas que garantizar un equilibrio razonable de sexos en una profesión tan masculinizada) debería abordarse con todas las cautelas, garantías y precauciones para no convertir algo tan valioso como es llevar a la aplicación práctica una ley tan avanzada, en papel mojado o en un abortado precedente por no atar todos los cabos de manera eficaz.

Desde mi humilde opinión,se debería haber convocado a la Comisión de Igualdad que elaboró el Plan para adecuar correspondientemente el mismo ala nueva situación legal y aprovechar para hablar de otros ámbitos igualmente masculinizados en exceso.

La Comisión debería, a la luz del contenido de la Ley 17/17, proponer la adecuación y ajuste de las medidas propuestas en el Plan, evitando al máximo la ambigüedad y entrar en propuestas concretas de sistema selectivo que permitan cerrar todo fleco, que sin duda será utilizado por quienes se niegan a que hayan fórmulas de acción positiva en favor de equilibrar la presencia de hombres y mujeres en el “menor tiempo posible” (objeto esencial de cualquier Plan de Igualdad).

Lo siento. Pero desde esta tribuna insisto y espero que se pueda corregir, no es de recibo sacar una bases de oposición en la que se dice que se reservarán el 30% de las plazas para mujeres y no fijar en las mismas el sistema concreto y el como se va a realizar esa reserva.

Hay turno libre, hay turno de movilidad, ¿hubiera costado mucho fijar un tercer turno de acceso para mujeres?. Hay procesos selectivos ya tasados y experimentados en los que se utilizan diferentes turnos a los que se opta libremente acreditando cumplir una determinada condición o requisito.

¿Que va a pasar ahora? ¿Como va a determinar el Tribunal la fórmula por la que el 30% de las plazas van a ser ocupadas por mujeres? La situación generada sólo nos lleva a un callejón sin salida. O se hace de una manera clara, definida, abierta, donde las reglas del juego son públicas, o la sospecha de arbitrariedad está servida y ese sería el peor favor que se podría hacer al objetivo que se marca la propia Ley 17/17 en pos de la Igualdad.

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