"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

lunes, 13 de julio de 2026

El Consell quiere cambiar el modelo de Policía Local Valenciana "por la puerta de atrás"


PP y VOX utilizan una adición de enmiendas a la Ley de Acompañamiento para modificar profundamente la Ley de Coordinación de Policías Locales sin diálogo, sin consenso y sin convocar a la Comisión de Coordinación.

CCOO Policía quiere denunciar públicamente la forma en que el Consell pretende modificar una de las normas más importantes para las Policías Locales de la Comunitat Valenciana.

Cuando el pasado 4 de junio analizamos el Proyecto de Ley de Medidas Fiscales advertimos que no contenía ninguna modificación relativa a las Policías Locales. Sin embargo, en el último momento, mediante enmiendas de adición presentadas por PP y VOX, se pretende introducir una profunda reforma de la Ley 17/2017 de Coordinación de Policías Locales y de diversos decretos que regulan el acceso, la promoción, la movilidad y la organización de los cuerpos policiales.

Una reforma elaborada al margen de quienes representan a las Policías Locales

Lo más grave no es únicamente el contenido de las modificaciones.

Lo verdaderamente preocupante es que se pretende reformar toda la arquitectura normativa de las Policías Locales ignorando deliberadamente el principal órgano de participación y consulta previsto en la propia Ley.

La Comisión de Coordinación de Policías Locales, órgano en el que deben debatirse este tipo de reformas, no se reúne desde el año 2024, pese a que la Ley obliga a celebrar, al menos, dos reuniones cada año.

Hace más de dos meses CCOO solicitó nuevamente su convocatoria. Ni siquiera hemos recibido respuesta.

Mientras se mantiene bloqueado el órgano legal de participación, el Consell negocia estas modificaciones fuera de los cauces institucionales y las incorpora a través de la Ley de Acompañamiento, evitando un debate específico sobre el futuro de las Policías Locales.

Eso no es participación.
Eso no es transparencia.
Eso es legislar por la puerta de atrás.

Un régimen especial diseñado exclusivamente para Valencia

Las enmiendas incorporan un régimen singular para el Ayuntamiento de València que rompe con el modelo homogéneo que siempre ha inspirado la Ley de Coordinación.

Se habilita un sistema excepcional que permitirá, entre otras cuestiones, el acceso directo a categorías de Comisario y Comisario Principal mediante turno libre.

En la práctica se abre la puerta a incorporar mandos procedentes de otros cuerpos policiales o militares y a configurar procesos selectivos "a la carta", rompiendo los principios de igualdad y homogeneidad que deben regir en todas las Policías Locales.

Una reforma hecha a medida

Las modificaciones coinciden prácticamente con la propuesta que fue aprobada en la Mesa Técnica de Policía Local de València con el voto favorable del resto de organizaciones presentes y con el único voto en contra de CCOO.

Resulta difícil no concluir que parte de estas enmiendas responden más a intereses concretos de determinadas jefaturas policiales y del sindicato SPPLB que al interés general de las Policías Locales valencianas.

No es casualidad que, paralelamente, también se pretenda modificar la composición de la Comisión de Coordinación para incorporar al SPPLB pese a no ostentar la condición de sindicato más representativo en el ámbito autonómico.

Militarización y pérdida del modelo policial valenciano

Las enmiendas introducen además medidas que alteran profundamente el modelo actual:

  •   reserva de plazas para militares profesionales;

  •   posibilidad de acceso externo a puestos de mando;

  •   limitación de la edad máxima de acceso;

  •   autorización para que personal interino y en prácticas pueda portar armas;

  •   restricciones adicionales a la movilidad y a las permutas;

  •   reducción de competencias de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias

    (AVSRE), trasladando el protagonismo político al Conseller y a la Dirección General de Seguridad.

    A ello se suma la insistencia de VOX en incorporar competencias policiales relacionadas con la restricción del uso de prendas que oculten el rostro, trasladando al ámbito de las Policías Locales debates ideológicos completamente ajenos a los verdaderos problemas de la seguridad pública.

  • CCOO defenderá un modelo profesional, objetivo y transparente

    CCOO Policía no permanecerá impasible ante una reforma que afecta al acceso, promoción, movilidad y organización de miles de policías locales de la Comunitat Valenciana.

    Vamos a seguir toda la tramitación parlamentaria. Presentaremos las alegaciones que resulten necesarias. Analizaremos jurídicamente cada una de las modificaciones.

    Y, si finalmente se aprueban aquellas disposiciones que vulneren los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, seguridad jurídica o negociación colectiva, impulsaremos todas las acciones administrativas y judiciales que procedan.

    Porque el futuro de las Policías Locales no puede decidirse en despachos cerrados ni mediante enmiendas de última hora.

    Debe debatirse con transparencia, con participación y respetando a quienes cada día prestan servicio a la ciudadanía.

    CCOO Policía defenderá un modelo de Policía Local profesional, independiente, moderno y basado exclusivamente en los principios constitucionales de mérito, capacidad e igualdad, frente a cualquier intento de convertir la legislación en un instrumento al servicio de intereses particulares. 

 

viernes, 26 de junio de 2026

CCOO rechaza la reserva de plazas para militares en las Policías Locales


CCOO manifiesta su rechazo a la modificación de la Ley 17/2017, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, que pretende permitir a los ayuntamientos reservar hasta un 20% de las plazas de acceso a los cuerpos de Policía Local para militares profesionales.

Esta medida se intenta introducir mediante una enmienda dentro de un decreto ley, evitando el cauce ordinario de debate, negociación y participación. Una reforma de este calado no puede realizarse de espaldas a las organizaciones sindicales ni sin el necesario tratamiento en la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, órgano que lleva paralizado e incumpliendo la propia Ley de forma tendenciosa, pese a las reiteradas peticiones de la parte social.

CCOO ya se ha opuesto históricamente a este tipo de reservas. Lo hicimos en 2014, cuando se impulsaron iniciativas similares en otras comunidades autónomas, y también ante anteriores intentos de introducir esta medida en la normativa valenciana. Nuestra posición sigue siendo la misma: el acceso a la Policía Local debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, sin cupos privilegiados para colectivos ajenos a la función policial local.

Respetamos el trabajo del personal militar y entendemos que el personal de tropa y marinería pueda tener problemas de continuidad profesional dentro de las Fuerzas Armadas. Pero la solución no puede ser detraer plazas de las ofertas de empleo público de las Policías Locales. La respuesta debe darse dentro del propio ámbito militar, garantizando una verdadera carrera profesional y estabilidad laboral hasta la jubilación.

Además, esta reserva puede agravar uno de los problemas que ya sufren muchas plantillas de Policía Local: el progresivo envejecimiento de sus efectivos. Incorporar personal procedente de otros ámbitos profesionales en edades más avanzadas puede aumentar la edad media de las plantillas y dificultar el necesario rejuvenecimiento de los cuerpos policiales locales.

Las Policías Locales son cuerpos civiles, de proximidad y al servicio directo de la ciudadanía. Sus funciones, formación, marco estatutario y realidad profesional son diferentes a las de las Fuerzas Armadas.

Por ello, CCOO rechaza cualquier intento de militarización encubierta o de utilización de la Policía Local como vía de recolocación profesional. Por todo ello, CCOO exige la retirada de esta modificación y reclama que cualquier reforma de la Ley de Coordinación se aborde con transparencia, negociación real y respeto a los principios constitucionales de acceso al empleo público. 

No a los cupos privilegiados. 

Sí a una Policía Local civil, profesional, igualitaria y al servicio de la ciudadanía.

viernes, 12 de junio de 2026

Admitido a trámite en Madrid/Valencia recursos históricos que podrían permitir a los Policías Nacionales afiliarse a sindicatos de clase


Las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de 
Comunidad de Madrid y Comunidad Valenciana, han admitido a trámite con fecha 29 mayo y 09 de junio, sendos recursos interpuestos por miembros del Cuerpo Nacional de Policía afiliados al Sindicato Reformista de Policías (SRP), cuyas resoluciones podrían significar un cambio histórico en el modelo de representación sindical del Cuerpo.


El procedimiento, promovido en defensa de los derechos fundamentales de los funcionarios, cuestionan la legalidad de la normativa que actualmente impiden a los agentes de la Policía Nacional afiliarse a sindicatos de carácter general —también conocidos como "sindicatos de clase" como la Unión General de Trabajadores (UGT) o Comisiones Obreras (CCOO). La defensa de los trabajadores-as están a cargo de los letrados, Adriá Paños Ruiz y Fernando Losana Perales, colegiados con despachos en Sabadell y Murcia, respectivamente.


Se argumenta que la prohibición vulnera el derecho fundamental recogido en la Constitución Española, como el derecho a la libertad sindical La acción jurídica sostiene que dicha prohibición vulnera el derecho a la libertad sindical (art. 28.1 CE) y el principio de igualdad (art. 14 CE), ambos reconocidos en la Constitución Española.


Actualmente, la Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, restringe la afiliación de sus miembros a organizaciones sindicales formadas exclusivamente por policías, un modelo que los recursos consideran discriminatorios en comparación con otros cuerpos policiales autonómicos y locales, cuyos agentes sí gozan de libertad plena para unirse a cualquier sindicato.


Un cambio histórico en la representación sindical del CNP


Esta admisión a trámite refleja la apuesta del sindicato desde su constitución y legalización, poner fin al actual modelo sindical y abriría las puertas a que los agentes de la Policía Nacional puedan elegir libremente y defender sus intereses profesionales y laborales, por las grandes centrales sindicales que ya representan a la mayoría de los empleados públicos del país, con ello, reconfigurar por completo el panorama de la negociación colectiva dentro del Cuerpo.


Los letrados han valorado la resolución en los siguientes términos: 

"E s t a  a d m i s i ó n  c o nfi r m a  q u e  h a y  u n a  c u e s t i ó n  j u r í d i c a  d e  f o n d o  q u e  l o s  t r i b u n a l e s  d e b e n  e x a m i n a r.  L a  r e s t r i c c i ó n  q u e  a f e c t a  a  l o s  p o l i c í a s  n a c i o n a l e s  n o  r e s p o n d e  a  n i n g u n a  n e c e s i d a d  o b j e t i v a  n i  p r o p o r c i o n a l:  e s  u n a  l i m i t a c i ó n  q u e  n o  e x i s t e  p a r a  o t r o s  c u e r p o s  p o l i c i a l e s  y  q u e  s i t ú a  a  l o s  a g e n t e s  d e l  C u e r p o  N a c i o n a l  d e  P o l i c í a ,  e n  u n a  p o s i c i ó n  d e  d e s i g u a l d a d  i n j u s t ifi c a d a  r e s p e c t o  d e l  r e s t o  d e  e m p l e a d o s  p ú b l i c o s.  S R P  t r a b a j a  e s t a  h i s t ó r i c a  r e i v i n d i c a c i ó n ,  e n  s u  e m p e ñ o  q u e  l a  d e s i g u a l d a d  q u e d e  c o r r e g i d a  p o r  l o s  t r i b u n a l e s  y  p o r  e l  l e g i s l a d o r .


Los procedimientos seguirán ahora su curso tanto en la Comunidades de Madrid y Valencia (TSJ) que deberán pronunciarse sobre el fondo de una cuestión que podría marcar un antes y un después en la historia del sindicalismo policial en España.


Contactos de prensa:

Fernando Losana Perales.

Experto en Derecho Unión Europea/Protección Derechos Humanos y Fundamentales

fernando.losana@gmail.com

Telf. 620196190


Adrià Paños Ruiz

Director Gabinete Jurídico Nacional SRP

adria@apestudiojuridico.com

Telf. 603690659


En Madrid, a 10 de junio de 2026

viernes, 5 de junio de 2026

En la Policía Nacional el Sindicato Reformista de Policía (SRP) cuestiona la actuación del miembro de la UIP que agredió a una docente


El Sindicato Reformista de Policías expresa su indignación y absoluta condena ante la 
agresión sufrida por la profesora jubilada que resultó herida durante la manifestación celebrada en Valencia en defensa de los derechos del profesorado.

Una sociedad democrática no puede tolerar que una ciudadana que ejerce pacíficamente un derecho fundamental —el derecho a manifestarse— termine en el suelo, golpeada y humillada.


Mucho menos cuando se trata de una mujer que dedicó su vida a la educación pública y al servicio a generaciones de estudiantes.


Nuestro apoyo hacia ella es rotundo e incondicional. Exigimos que los hechos se esclarezcan con transparencia y que se depuren responsabilidades sin excusas ni dilaciones. La violencia injustificada no tiene cabida en un cuerpo policial que debe ser garante de derechos, no una amenaza para quienes los ejercen. 


Reafirmamos que una policía verdaderamente democrática se construye desde la proporcionalidad, el respeto y la defensa activa de las libertades públicas. Cuando uno de sus miembros actúa al margen de estos principios, no solo daña a la víctima: daña a toda la institución y erosiona la confianza ciudadana.


A la profesora herida, nuestro reconocimiento, nuestro respeto y nuestro deseo sincero de recuperación. A la ciudadanía, nuestro compromiso firme: no callaremos ante abusos, no miraremos hacia otro lado y no renunciaremos a una policía al servicio del pueblo y de la democracia.


Desde nuestra organización SRP queremos expresar nuestro respaldo firme y sin matices a la comunidad educativa en las reivindicaciones que viene planteando en defensa de una educación pública de calidad, digna y dotada de los recursos necesarios.


No existe mejor inversión para un país que aquella que se realiza en el lugar donde se construye el futuro de nuestros hijos, hijas y familiares más cercanos. La escuela es el espacio donde se forjan los valores democráticos, el pensamiento crítico y las capacidades que permitirán a las nuevas generaciones afrontar los desafíos de una sociedad cada vez más exigente.


La formación que reciben hoy nuestros jóvenes será la herramienta que les permitirá

convertirse en personas capacitadas, solventes y comprometidas con el bien común. Por ello, defender a la comunidad educativa es defender el futuro del país. Es garantizar que el alumnado disponga de conocimientos de primer orden, impartidos por profesionales reconocidos, respetados y con condiciones laborales dignas.


La educación no es un gasto: es la mayor garantía de progreso social, igualdad de oportunidades y cohesión democrática. Por ello, reiteramos nuestro apoyo a las movilizaciones y demandas de la comunidad educativa y llamamos a toda la ciudadanía a respaldar esta causa justa.

viernes, 1 de mayo de 2026

Homenaje a las promociones de los ochenta



Por Julio Conesa.

 

Tras la dictadura franquista y la conquista de las libertades, llegaron las elecciones municipales y con ello los primeros ayuntamientos democráticos. Una de las primeras decisiones que se tomaron fue la de propiciar reformas en las plantillas de policía municipal.

 

Se iniciaron procesos selectivos a partir de 1977 que permitieron el ingreso de trabajadores y trabajadoras provenientes de otros sectores laborales, quienes en muchos casos traían sus propias experiencias de lucha por mejores condiciones de vida y conciencia sindical. Los ayuntamientos propiciaron el acceso a las primeras mujeres en ingresar a la policía.

 

Los cuerpos de policía seguían en aquel momento arrastrando una dinámica claramente franquista “pseudomilitar”, la disciplina arbitraria, relaciones autoritarias jerárquicas, estructuras rígidas basadas en fidelidades personales, incluso discriminación en las condiciones laborales y económicas caprichosas e injustificadas.

 

Aquellas primeras promociones de los ochenta se encontraron con todo el trabajo por hacer. Llevar los cuerpos de policía municipal al ámbito democrático y de progreso que la sociedad española había iniciado y conseguir como objetivo fundamental la modernización y profesionalización.

 

Se iniciaba así un largo periodo de trabajo y compromiso. El primer aspecto del mismo fue participar junto al resto de funcionarios y funcionarias en la conquista del derecho de representación, puesto que no había elecciones sindicales.

 

En 1986 las luchas nos llevaron a plantarnos frente a la aprobación de la Ley 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que, aunque nos reconocía como agentes de la autoridad y nos incorporaba como policía local, se nos privaba del derecho de huelga que sí podíamos haber ejercido hasta ese momento en los primeros años democráticos.

 

En 1990 se conseguía la primera ley de coordinación de policía local valenciana y con ello un paso profesional significativo en cuanto a imagen, formación, acceso, promoción, movilidad, uniformidad y medios homogéneos para todo el ámbito territorial valenciano y los diferentes cuerpos de policía local.

 

La profesionalización paso por impedir la laboralización de la función policial y la incorporación del personal auxiliar a los cuerpos de policía local o la extinción paulatina de estos puestos. Y por la regulación de sistemas de acceso basados en los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, introduciendo la exigencia del anonimato según pruebas.

 

A partir de esos primeros pasos, el trabajo ingente se ha venido concretando en mejorar las premisas inicialmente conseguidas y de ahí la reclasificación profesional al C1 con la exigencia de titulación de bachillerato superior o acceso a la Universidad, las mejoras en materia de segunda actividad y otros derechos que se contemplaron en la segunda ley de coordinación del año 99. Apenas 9 años después de la aprobación de la primera ley.

 

En ese marco de avances en lo profesional, arrancar al gobierno de España el compromiso y posterior aprobación del decreto que permite la anticipación de la edad de jubilación en policía local como lo tenían otros colectivos, fue otra de las conquistas más relevantes.

 

Y todo ello conseguido por el empeño y compromiso de aquellas promociones de los ochenta que se vieron reforzadas con la incorporación de posteriores promociones con más preparación y formación incluso, y que hoy están llamadas a seguir con la tarea iniciada.

 

La última contribución al desarrollo profesional llevada a cabo por el impulso de aquellas promociones, hoy ya en situación de jubilación claramente merecida, fue la Ley 17/17 de coordinación que implicaba un significativo avance profesional con la reclasificación de las estructuras de mando, las garantías en el funcionamiento de las promociones internas y el freno a posibles intromisiones externas.

 

Y otras muchas cuestiones que contempla la ley y que aún siguen pendientes de desarrollo, a la espera de un verdadero interés político en ello, lejos de paralizaciones o modificaciones legales para contentar el interés particular de unos pocos.

 

Recordemos que la negociación de la ley nos llevó dos años de diálogo y negociación, Generalitat sindicatos, municipios, asociaciones de mandos, técnicos y expertos.

 

La Ley se aprobó en diciembre de 2017 y entró en vigor en enero de 2018. Iniciando entonces un proceso que debería desembocar en la elaboración de los decretos y reglamentos de desarrollo.

 

Se abordaba por primera vez la profesionalización total de las plantillas; la revisión de escalas y categorías; la consideración de estructuras de coordinación supramunicipales; la revisión y mejora de derechos; la deontología profesional y los comités de ética; la recuperación de la formación policial en colaboración con el ámbito académico (carrera universitaria); un modelo basado en la homogeneización hacia un diseño de políticas comunes en seguridad; se fijaban las bases para fomentar apoyo y colaboración inter-policial, análisis, planificación y actuación conjunta, etc.


La nueva Ley suponía un compromiso firme por el cambio de paradigma en la concepción, el funcionamiento y la idiosincrasia de la policía de la Comunidad Valenciana hacia una visión autonómica integral de la seguridad pública.

 

Pero todo ese trabajo ingente y nuevos retos que seguro surgirán en busca de mejoras profesionales quedan para las promociones actuales y las que vendrán. Porque continuar ese compromiso, seguir el testigo de unas promociones por otras es una obligación colectiva que adquirimos responsablemente cuando decidimos acceder a esta profesión de servicio público como garantes del ejercicio de derechos y libertades ciudadanas.

jueves, 12 de marzo de 2026

El TSJCV da la razón a CCOO sobre la jubilación forzosa del Jefe de Policía Local de Xàtiva.


El sindicato había recurrido la prorroga que el Ayuntamiento de Xativa otorgó a su Jefe de Policía una prorroga por la que se le permitía exceder de la edad de jubilación forzosa.

En mayo de 2024 Comisiones Obreras recurrió la prórroga de la edad de jubilación del Jefe de Policía Local del Ayuntamiento de Xàtiva, mediante un recurso de reposición que el Ayuntamiento desestimó basándose en el informe jurídico de una asesoría externa.

Ante la negativa a jubilar forzosamente a esta persona por parte del Ayuntamiento, se denunció ante el Contencioso Administrativo, que sorpresivamente dio la razón al Ayuntamiento, por lo que fue elevado al Tribunal Superior de Justicia de Valencia donde finalmente se ha dado la razón a Comisiones Obreras, aplicando la legislación específica que se había obviado, y que resultaba contraria a derecho “por cuanto para la Policía Local y con arreglo a su normativa específica, la edad de jubilación forzosa es a los 65 años sin posibilidad de prórroga”, a tenor literal de lo que recoge la sentencia 144/2026, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Desde el Sector de Administración Local de la FSC de CCOOPV se quiere remarcar que se va a continuar trabajando en defensa del cumplimento de la legislación específica vigente en materia de jubilación en los cuerpos de Policía Local con el fin de no obstaculizar el relevo generacional que se produce en muchos casos al prorrogar de forma irregular las jubilaciones en jefaturas 


Video: 

https://drive.google.com/file/d/17opKMt-MawmXCRD7NnbF87QfbScQk6Ra/view?usp=drivesdk


Prensa: 

miércoles, 25 de febrero de 2026

No hay democrácia plena con policías sin libertad sindical

 

40 AÑOS DESPUÉS: LA IGUALDAD PENDIENTE EN LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO: NO HAY DEMOCRACIA PLENA CON POLICÍAS SIN LIBERTAD SINDICAL


Por Pedro Pacheco Martín

24 de febrero de 2026

El próximo día 13 marzo se cumplirán 40 años de la promulgación de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Cuatro décadas después, sigue siendo legítimo preguntarse si el modelo policial que configuró se ajusta plenamente al marco y al espíritu de la Constitución Española de 1978 o si, por el contrario, consolidó una arquitectura jurídica que ha permitido mantener restricciones de derechos difícilmente conciliables con un Estado social y democrático de Derecho.

El artículo 104 de la Constitución no utiliza el término “institutos armados” para referirse a los cuerpos policiales, sino el de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Sin embargo, el legislador de 1986 construyó sobre esa base una división estructural en dos grandes bloques: por un lado, la Guardia Civil, definida como de “naturaleza militar”; por otro, la Policía Nacional, junto con las policías autonómicas y locales, calificadas como de “naturaleza civil”. No se trató de una simple clasificación técnica: fue una decisión con consecuencias jurídicas directas sobre el estatuto de derechos de miles de servidores públicos.

Conviene recordar que el término “instituto armado” aparece una sola vez en el texto constitucional, en el artículo 28, en el marco de la regulación del derecho a la libertad sindical y del derecho de huelga, así como de sus excepciones y limitaciones. Resulta, cuando menos, discutible que esa referencia pudiera servir para alterar indirectamente la naturaleza jurídica de los cuerpos policiales o para fundamentar restricciones estructurales y permanentes de derechos fundamentales. Si algún día se planteara una cuestión de inconstitucionalidad sobre esta interpretación, sería determinante conocer el criterio del Tribunal Constitucional.

Los debates del constituyente evidencian que determinados sectores intentaron integrar a la Guardia Civil en el ámbito del artículo 8 de la Constitución, es decir, dentro de las Fuerzas Armadas. Ese planteamiento reapareció en la Ley Orgánica 6/1980, reguladora de la Defensa Nacional, al prever que la Guardia Civil pudiera cumplir misiones de carácter militar que, por su naturaleza, se le encomendasen. Aquella fórmula, cuidadosamente redactada, dejaba entrever la persistencia de una concepción militarista que, años después, terminaría consolidándose en la Ley Orgánica 2/1986.

En la práctica, la apelación al concepto de “instituto armado” ha sido y continúa siendo el soporte jurídico utilizado para excluir o limitar el derecho a la libertad sindical de los miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional respectivamente. Esta situación no se reproduce en las policías autonómicas y locales que, formando parte del mismo sistema constitucional de seguridad pública, ejercen plenamente ese derecho. La consecuencia es una diferencia de trato objetivamente difícil de justificar en términos de igualdad constitucional.

Entre amplios sectores de la Policía Nacional y de la Guardia Civil existe la convicción de que esta desigualdad en materia de derechos sindicales está en la raíz de otras desigualdades profesionales y retributivas. Cuarenta años son un plazo más que suficiente para revisar una construcción normativa que ha generado una fractura interna en el modelo policial. Las limitaciones derivadas de la naturaleza del servicio pueden y deben regularse, pero no a costa de vaciar de contenido derechos fundamentales cuya garantía constituye la esencia misma del orden constitucional.

Reabrir este debate no es una reivindicación corporativa ni coyuntural. Es una cuestión de coherencia democrática. No afecta únicamente a los funcionarios policiales, sino a la calidad del propio Estado de Derecho. Una democracia sólida no debería normalizar que miles de servidores públicos vean restringidos derechos que el resto de ciudadanos y empleados públicos ejercen con plena normalidad.

Cuarenta años después, ha llegado el momento de afrontar esta cuestión sin inercias históricas ni temores políticos. No para debilitar las instituciones, sino para reforzar su legitimidad democrática mediante el pleno reconocimiento de los derechos fundamentales que aún hoy permanecen restringidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Policía Nacional y Guardia Civil.

Levantar la bandera de esta reivindicación es un deber democrático. Los perjudicados no son solo los funcionarios policiales, sino la sociedad en general que consiente y convive con conciudadanos que no gozan de derechos que ellos tienen. Y, como no, las grandes centrales sindicales, UGT. CC.OO, CSIF, USO, etc., que son los perjudicados directos, en tanto que injustamente se le esta privando de tener presencia y represención en un conjunto de de empleados públicos.

jueves, 19 de febrero de 2026

IVASPE; LA FÁBRICA DE FAVORES


Ya nada sorprende cuando la noticia viene del IVASPE o la AVSRE, estamos acostumbrados a que se utilice como si de un corralito se tratara, si bien, nunca se había conocido una acumulación de decisiones que privilegiaran a unos pocos de forma tan descarada como está sucediendo actualmente.

Antecedentes;

En el año 2023, tras sentencia del TSJ CV, se anulan unos preceptos del Decreto 179/21 (criterios generales para la selección, promoción y movilidad), pese a la inseguridad jurídica que produce, todavía no se ha ajustado la normativa al mandato judicial, situación que está produciendo disfunciones en las plantillas de PL de la Comunitat.

Tras la DANA, y la pésima gestión realizada por la AVSRE (de la cual ya ofrecimos información y exigimos la dimisión del anterior Director), todavía no nos hemos reunido a nivel policial para analizar errores, invertir en medios tecnológicos, comunicaciones o informáticos comunes, en definitiva proponer soluciones para minimizar errores y que no vuelva a suceder la descoordinación de PPLL, cuya competencia parece olvidar la Generalitat.

Eso sí, con urgencia y sin ningún tipo de actividad concursal o publicidad, se ha producido el nombramiento del Director General de Seguridad Pública, un puesto vacío con un despacho en el IVASPE también vacío.

El Dtor. como encargado de la formación de las PPLL CV, parece que la primera decisión tomada es la del día 5 de febrero, cuando se publica en el DOGV mediante Resolución de la AVSRE, la posibilidad de inscribirte y realizar cursos (como el de Instructor IVASPE), después de haberse realizado y sin ninguna publicidad el mes anterior (en enero).

Por otra parte, la Directora de la AVSRE sigue sin aclarar;

  • -  Por qué nombra a los miembros de los Tribunales de oposiciones a dedo (OTS), cuando la normativa obliga a hacerlo por sorteo de entre los que cumplan los requisitos. (Contencioso-Ad. De CCOO Policía).

  • -  Por qué aprobó el proceso selectivo al exdirector Gral. de Emergencias cuando no superó el mismo, y cuáles fueron los motivos de despedir a la funcionaria Directora IVASPE que firmó el suspenso. (Denuncia CCOO Policía en Antifraude).

  • -  Por qué no convoca a los miembros de la Comisión de Coordinación de Policías locales desde 2024, cuando la Ley le obliga a realizar, al menos, dos convocatorias por año.


Podemos considerar sin temor a equivocarnos, que nos encontramos ante la peor gestión en Seguridad Pública por parte de la Generalitat jamás vista, y ya se tiene que hacer mal para superar lo anterior.

lunes, 16 de febrero de 2026

CCOO-Policía denuncia opacidad y trato privilegiado en los cursos de instructor del IVASPE


La Agrupación de Policías Locales de la FSC de CCOO en la Comunitat Valenciana ha denunciado públicamente una gestión “opaca y discriminatoria” en los cursos de Formación del personal instructor del IVASPE (INST), organizados por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias, organismo dependiente de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

Según el sindicato, los cursos —celebrados recientemente en Valencia y Elche, con 75 plazas por edición— ya han sido impartidos sin que numerosos policías locales de distintas plantillas tuvieran conocimiento real y efectivo de la apertura del plazo de inscripción, lo que habría provocado su exclusión de una formación clave para el desarrollo profesional. En el caso del curso celebrado en Elche, representantes de CCOO aseguran haber comprobado que los asistentes pertenecían únicamente a las plantillas de Alicante, Finestrat y Elche.

CCOO sostiene que esta situación compromete el principio de igualdad de acceso a la formación pública. La resolución que aprueba la programación de cursos del IVASPE para 2026 fue publicada el 5 de febrero de 2026 e incluía estas acciones formativas, previstas inicialmente para enero y febrero del próximo año. Sin embargo, ambas ya se han realizado. La normativa establece que la apertura de los plazos debía publicarse y que las solicitudes debían presentarse por vía electrónica, algo que, según el sindicato, no se produjo de manera accesible ni generalizada.

“No se trata de un curso ordinario”, subraya la organización sindical. La obtención de la acreditación como instructor del IVASPE permite incorporarse a la comunidad educativa del instituto, participar en actividades docentes y acumular méritos con incidencia directa en la carrera profesional, por lo que limitar de facto el acceso supondría consolidar ventajas para un grupo reducido de profesionales.

El sindicato denuncia además que no hubo información ni negociación previa en los órganos correspondientes. En concreto, afirma que no se informó a la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana ni se contó con la participación sindical en el diseño de los criterios de acceso, pese a ser un requisito recogido en la Ley de Coordinación de Policías Locales y en la normativa sobre negociación colectiva.

Ante esta situación, CCOO ha exigido explicaciones inmediatas a los responsables políticos y ha anunciado que solicitará formalmente:

  • La publicación íntegra del expediente administrativo.

  • La relación completa de personas solicitantes, con fecha y hora de registro.

  • Los criterios reales aplicados en la selección.

  • Información sobre los convenios exigidos a los ayuntamientos y su tramitación.

  • La justificación del sistema basado exclusivamente en el “orden de entrada”.

Asimismo, el sindicato reclama un sistema equilibrado que garantice la representación territorial, la convocatoria urgente de nuevas ediciones en cada provincia con publicidad efectiva y, en su caso, medidas correctoras si se confirma que no existió igualdad real de acceso.

CCOO advierte de que este episodio responde a un modelo “clientelar” en la gestión de la formación pública, lo que, a su juicio, daña la credibilidad institucional. “La profesionalidad de las policías locales no puede depender de canales informales ni de accesos restringidos”, señala la organización, que no descarta activar todas las vías sindicales y legales si se acreditan exclusiones arbitrarias.