"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

martes, 14 de noviembre de 2023

Recordando la jubilación en policía local


Requisitos y cuestiones que hay que tener en cuenta como policía local en materia de jubilación.

En España, la edad ordinaria de la jubilación puede disminuir si se trata de profesiones que se consideren de naturaleza peligrosa o con altos de índices de mortalidad o enfermedades, como sería el caso de bomberos, policías, trabajadores ferroviarios o mineros.

Los cuerpos de policía local entraron en 2019 en esa lista de profesiones que pueden acceder a la anticipación de la edad de jubilación según el tipo de actividad profesional. Se unieron así a otros colectivos en una situación parecida, pero que ya disfrutaban de un coeficiente reductor en su edad de jubilación, como es el caso de la Ertzaintza — policía autonómica vasca– y los cuerpos de bomberos. La jubilación de la Policía Nacional y la Guardia Civil también presentaba ya un régimen especial a través de la situación administrativa de reserva.

Con esa nueva norma, aprobada en el Consejo de Ministros en 2018, se permitió que a partir del 2 de enero de 2019 los policías locales pudieramos solicitar el adelanto de la jubilación el tiempo que resulte de aplicar un coeficiente reductor del 0,20% al número de años trabajados como agentes municipales. ¿Esto qué significa? 

Requisitos mínimos para pedir la jubilación anticipada

Hay que tener en cuenta que a todo agente de la policía local de España que quiera adelantar su edad legal de jubilación se le aplicará un coeficiente reductor en la pensión del 0,20% por año trabajado como agente municipal, según se detalla en la Revista de la Seguridad Social. Los requisitos mínimos serán, por tanto:

  • Estar en situación de alta o asimilada de alta en la Seguridad Social
  • El requisito imprescindible para acceder a la anticipación de la edad de jubilación será haber cotizado 15 años como policía local
  • La edad ordinaria de jubilación no podrá reducirse en más de 5 años, que podrán llegar a ser 6 siempre que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización
  • La cantidad de años de cotización efectiva requerida para anticipar la jubilación de hasta 6 años se incrementa progresivamente: en 2019, se necesitaban 35 años y medio. Sin embargo, en 2020, 2021 y 2022 se requerían 36 años. En 2023, 2024, 2025 y 2026 se necesitarán 36 años y medio. A partir de 2027, serán necesarios 37 años

Pasos a seguir para solicitar la jubilación anticipada

Si se cumple con los requisitos y se decide acceder a esta modalidad de jubilación, el primer paso que deberán dar los interesados es comunicárselo a la administración municipal correspondiente antes del 31 de enero de cada año.

Para mantener el equilibrio financiero del Sistema de Seguridad Social, esta modalidad de jubilación conlleva también un incremento en la cotización ya contemplado en los Presupuestos Generales del Estado de 2018. La cotización adicional es del 10,6%, dividida entre los municipios (8,86%) y los propios funcionarios (1,76%).