"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

sábado, 29 de junio de 2019

El Tribunal Supremo declara no ajustada a ley la figura del policía local interino

Sentencia sumamente importante por cuanto en el Pais Valenciano, la Ley 17/2017 ya fijaba como condición exclusiva la de funcionario de carrera para formar parte de los Cuerpos de Policía Local Valencianos.
Justicia
Justicia
Ante la Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se sustancia el recurso de casación, resuelto en la Sentencia 8282/2019, cuyo eje central gira en torno a si dada la redacción de los artículos 3.2, 9.2 y 10 del EBEP aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y del artículo 92.3 de la Ley de bases de Régimen Local, resulta o no ajustado a derecho el nombramiento de agentes de Policía Local en régimen de interinidad para la cobertura de vacantes.

Resulta, a estos efectos, crucial la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que modifica el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local precisando que el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales corresponde exclusivamente a funcionarios de carrera.

Concluye la Sala que no resulta ajustado a derecho el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad.

Es necesario, en consecuencia, y así lo urgimos desde CCOO, que se convoquen las correspondientes ofertas de empleo público con la totalidad de las plazas presupuestadas y no cubiertas de policía local y se promuevan los procesos selectivos de estabilización y, en su caso, se amplien estas plantillas en la cuantía necesaria, cumpliendo los Acuerdos sobre empleo y condiciones laborales firmados con las organizaciones sindicales, para erradicar interpretaciones e incertidumbre jurídicas que afectan, directa o indirectamente, a estos empleados públicos, así como a la calidad de los servicios que se ocupan de mantener el orden y la seguridad pública para las que precisamente se crearos estos puestos de trabajo.

Por nuestra parte ya hemos instado a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias para que tome urgentemente cartas en el asunto y se llegue a un Acuerdo tripartito GVA-FVMP-Sindicatos con objeto de que se convoquen todos los procesos selectivos necesarios para dar solución a la situación generada.

Durante años, desde CCOO hemos venido insistiendo en que las altísimas tasas de temporalidad y precariedad en Policía Local eran insoportables. Las alcaldías en general han estado mirando para otros lado. Han argumentado de forma maliciosa que la ley no les permitía sacar oposiciones, cuando estos es falso. Durante años la tasa de reposición en policía local ha sido del 100%, algo que ningún otro colectivo podía disfrutar. Sin embargo, a base de precarizar empleo se han venido ahorrando todos los esfuerzos y dineros que cuestan los procesos selectivos y ahora, somos la comunidad autónoma con mayor número de interinos en policía local de todo el Estado.  



Documentos relacionados
Vínculos de interés relacionados

lunes, 17 de junio de 2019

Curso Netpol: Experto en Derecho Penal Operativo

lunes 17 de junio de 2019
Nuevo curso NETPOL
NUEVO CURSO NETPOL DE EXPERTO EN DERECHO PENAL OPERATIVO
Cartel
Cartel
♦EXCLUSIVO ➡para afiliados y afiliadas a CCOOPOLICIA, SUP, o AUGC

♦Completamente GRATUITO.

♦Fase presencial y fase OnLine.

♦Diploma NETPOL de 40 horas.
♦Fecha fase presencial ➡ 21 de octubre de 2019.
♦El horario y la sede donde se impartirá el curso se publicará en los próximos días.
♦Las inscripciones se podrán realizar a partir del 17 de junio de 2019 en

 www.supvalencia.es 

🔵PLAZAS LIMITADAS🔵
🚔 CCOOPOLICIA FSC PV🚔

sábado, 8 de junio de 2019

CCOO respalda la profesionalidad de los policías locales de Alicante y reclama respeto hacia los mismos.


CCOO se manifiesta de manera oficial en relación a la cascada de noticias en diferentes medios de comunicación que se vienen sucediendo tras la agresión sexual a una mujer en la ciudad de Alicante y la intervención de la policía local en el suceso.

Tras la queja oficial (ojo que no denuncia) por parte del Comisario Jefe del CNP en Alicante Sr. Cid e incluso la intervención de la propia Audiencia Provincial en la reunión de la Comisión Provincial de policía judicial, CCOO Policía debe resaltar las siguientes cuestiones:

1. La actuación de los compañeros de Policia Local fue intachable como así lo demostrará el hecho de que no se iniciará actuación legal punible contra ninguno de los intervinientes.

2. El Sr. Cid se queja (que no denuncia) de una serie de hechos sin verificarlos ni contrastarlos adecuadamente. Este proceder no es propio de una persona de su cargo, a quien se le debe sobre todo exigir la responsabilidad y profesionalidad suficientes para verificar y contrastar la información vertida en un informe repleto de juicios de valor.

3. Tras las quejas vertidas sobre el colectivo de Policia Local, CCOO requiere a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, para que su Director General se pronuncie ante la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana aportando todos los documentos e informes que prueban la irresponsabilidad del Sr. Cid, irresponsabilidad que no es propia de su cargo y por ende se soliciten a nivel institucional las responsabilidades en que pudiera incurrir tanto a nivel administrativo como penal si procediera.

4. Las policías Locales de la Comunidad Valenciana tienen muy claras las competencias que le son inherentes y es fruto de esa claridad de competencias la extraordinaria labor que ejercen tanto en materia de tráfico como en materia de seguridad ciudadana sin extralimitación más allá de lo que la Ley establece.

5. La relación, coordinación y trato entre ambos cuerpos (policia local y nacional) trasciende más allá de Jefes como el Sr Cid, vetado en no pocas ocasiones en otros destinos.

6. La politización de las FFCCSS ha impregnado el espíritu de muchas plantillas no solo de policía local sino también a no pocos mandos del organigrama estatal de CNP, situando de esta manera a Jefes como el Sr. Cid que demuestran una irresponsabilidad manifiesta enfrentando a dos cuerpos destinados a entenderse en el objetivo común de la seguridad pública.

 7. La organización policial a nivel estatal precisa de un cambio urgente de prisma, de una visión actualizada al nuevo siglo y los nuevos retos que se suceden. Tenemos el deber y la obligación de destinar todos los esfuerzos necesarios para borrar de una vez por todas esas esferas de poder que se crean en torno a líneas rojas que han quedado obsoletas tras 34 años de una Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pide a gritos  su revisión. Es más perentorio que nunca.

lunes, 3 de junio de 2019

Constituir la Mesa General de Negociación de forma correcta es una responsabilidad

Por Julio Conesa

Tras la Sentencia 51/2018 del Tribunal Supremo, sobre composición de las mesas generales de negociación en las administraciones locales, la situación del funcionamiento de las mismas en el ámbito del Pais Valenciano ha sufrido un vuelco importante.

Hasta este momento, la composición de las mismas se determinaba en función de haber superado el 10% del conjunto de delegados electos en un ayuntamiento sumando los de funcionarios y los de laborales. Así lo defendíamos, incluso ante los tribunales, que nos vinieron a dar la razón en sus sentencias, una tras otra.

De esta manera fuimos consiguiendo generar la conciencia de que era necesario respetar una composición de las mesas acorde con lo que el legislador había establecido, única manera de hacer valer de forma real y efectiva la negociación colectiva.

Ahora, por el empeño de los sindicatos minoritarios de estar presentes en ámbitos de negociación para los que la ley no les ampara, ha tenido que clarificar la situación el Tribunal Supremo en sentencia de casación y sentar jurisprudencia.

Ya se que resulta difícil de entender entre muchas compañeras y compañeros. ¿Como es posible que delegados y delegadas electos no puedan participar de las negociaciones que afectan al conjunto de empleados y empleadas en un ayuntamiento o entidad local? Y más difícil resulta para la trabajadora o trabajador mas alejado del intríngulis de las reglas de juego "negociales".

Sin embargo a nadie le extraña que haya partidos políticos con muchos votos que por no cumplir con el requisito de los porcentajes se quedan sin representación.

El TREBEP (Real Decreto Ley 5/2015) fija las reglas, los porcentajes, las condiciones que hay que tener para poder participar en las negociaciones propias de una entidad local entre la administración y los sindicatos. Y esta norma es la que todas las organizaciones sindicales conocen a la perfección.

Por ejemplo:

Saben que para estar en una Mesa Gral de un Ayuntamiento deben presentarse como "sindicato" (registrado, con estatutos, con vida democrática, etc), no vale una candidatura, una agrupación de electores, etc.

Saben que deben presentarse tanto a las elecciones de personal funcionario como a las elecciones de personal laboral. No basta con presentarse en un sólo ámbito si se quiere representar y negociar para todos y todas.

Y por tanto, saben que deben obtener un mínimo del 10% de delegados en funcionarios y un mínimo del 10% de delegados en laborales.

Esta realidad tozuda, ha puesto en evidencia a aquellos sindicatos que se presentaban para defender SOLO a un colectivo, pues acaban quedando excluidos por incumplimiento de la Ley.

Ahora andan, unos disolviéndose e integrándose en sindicatos generalistas como SIPOL que ha decidido integrarse en STAS-Intersindical, o incorporándose en estructuras sindicales más amplias y generalistas como SPPLB en FSEP.

El objetivo de la Ley se cumple. Sindicalizar la negociación colectiva y simplificar el número de interlocutores.

Mientras la ley prevé y obliga a la Administración a tener unidad de voto, a la parte social le obliga a representar, a evitar el batiburrillo.

La "Negociación Colectiva" es la razón de ser de un sindicato (al menos de CCOO). La "institucionalización" de la misma a través de Mesas Generales a las que hay que considerar órganos de participación de las administraciones y con un "indudable" valor legal en la configuración de voluntades previa a la toma de decisiones administrativas debemos defenderla con uñas y dientes. Nos costo una gran Huelga General en 1988 y sucesivas movilizaciones de carácter permanente.

Pero además estamos empeñados en que se respeten las reglas del juego fijadas por Ley, porque con ello nos ganamos el respeto y el derecho a ser lo que somos. La negociación colectiva, no es una reunión de vecinos, de amiguetes, donde puede estar cualquiera, que se puede reunir en cualquier sitio, aunque pueda sonar a chanza.

Las Mesas Generales deben constituirse respetando la Ley, con un Acta de constitución, con un Reglamento de funcionamiento y respetando y cumpliendo lo que en el mismo se acuerde.

Permitir cualquier licencia respecto del funcionamiento y seriedad de las misma pone en riesgo la propia negociación y la validez de sus acuerdos, que al ser esenciales para la determinación de actos administrativos, estos podrían devenir nulos por un problema de proceso viciado en la configuración de la voluntad del órgano administrativo.

Con estas cosas tan claras, hemos conseguido que UGT se sume a la necesidad de dar una respuesta unitaria en la defensa de la Negociación Colectiva junto a nosotros y para ello se ha firmado un Acuerdo entre las dos Federaciones que deberán respetar y llevar a la práctica todas las secciones sindicales.

Y para seguir orientando el trabajo del conjunto de delegadas y delegados de CCOO no dudéis en dirigir vuestras dudas y aclaraciones que serán respondidas con seguridad a: local-fscpv@fsc.ccoo.es




domingo, 2 de junio de 2019

CCOO urge a pactar en el Botànic II el desarrollo de la Ley de Policía


Insta a “resolver definitivamente” la interinidad y a abordar la coordinación supramunicipal y la mancomunidad de servicios.

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV ha instado a pactar en el Botànic II el desarrollo “pendiente” de la Ley de Policía para “resolver definitivamente” el tema de la interinidad policial y a desarrollar lo que la norma contempla en materia de coordinación supramunicipal y mancomunidad de servicios.
A su entender, “es inadmisible que verano tras verano se planteen los mismos problemas con la falta de efectivos y en lugar de acogerse a la ley y sus posibilidades sigan insistiendo en fórmulas como el interinaje, temporal y precario en un servicio como el de policía”, lamenta en un comunicado.
En este sentido, el coordinador del sector de la Administración local de la FSC CCOO PV, Julio Conesa, considera que “una vez realizado el proceso electoral y confirmada la mayoría política, que apostó por un nuevo marco legal para el servicio valenciano de seguridad pública, corresponde ahora ahondar en su desarrollo”.
Para Conesa, “la realidad ha puesto en evidencia que las propuestas acordadas en la legislatura anterior requerían de mayor espacio de tiempo para desarrollarlas, por lo que es el momento de abordar con urgencia el grave problema de temporalidad y precariedad en que viven los cuerpos de policía local”.
Así, llama a “resolver con urgencia la situación de más de 1.500 interinos existentes en este momento en la policía local, algo inadmisible”, que la Ley 17/17 pretendió resolver de una vez y se hizo imposible en la última etapa del mandato anterior”, ha recordado.
Por otra parte, el “déficit de plantillas” exige la publicación y desarrollo del decreto de selección para agilizar las convocatorias y procesos, pero también es importante resolver los dos aspectos novedosos de la ley en materia de mancomunidad de servicios y coordinación supramunicipal de policías locales, subraya.
“Ambos aspectos están avalados por la normativa y no se han abordado tanto por dificultades de comprensión, como por actitudes contrarias por parte de los destinatarios y gestores de dichos objetivos”, concluye el comunicado.