Por Julio Conesa
“Seamos realistas, pidamos lo imposible”, proclamaban en el Mayo del 68. En España, esa consigna encontró su traducción práctica años después, cuando en los ochenta y noventa algunos guardias civiles se atrevieron a reclamar públicamente el derecho a la libre sindicación. Aquella decisión, hoy difícil de imaginar, fue considerada entonces una auténtica insensatez.
Las consecuencias fueron severas: expedientes disciplinarios, sanciones, cárcel y represión. Sin embargo, de aquel conflicto surgió un avance que parecía inalcanzable: la legalización de las asociaciones profesionales. Un paso limitado, pero decisivo, que abrió una brecha en un sistema diseñado para negar derechos laborales básicos a quienes forman parte de las fuerzas de seguridad del Estado.
Casi cincuenta años después de la aprobación de la Constitución de 1978, la situación sigue siendo anómala. El Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil permanecen excluidos del sistema ordinario de representación, afiliación y negociación colectiva que se aplica al resto de trabajadores y trabajadoras. Incluso policías locales y autonómicas —también institutos armados— disfrutan de derechos que a estos cuerpos se les siguen negando.
La Constitución reconoce la libre sindicación como un derecho fundamental y delega su regulación, en el caso de las fuerzas armadas o institutos armados, en la ley. Pero lo que nació como una limitación excepcional se ha convertido en una restricción permanente, difícil de justificar desde una perspectiva democrática. La propia OIT reconoce este derecho como fundamental, también para quienes desempeñan funciones públicas esenciales.
A estas alturas, cuesta encontrar una razón que no sea política: mantener a estos colectivos al margen del resto del mundo del trabajo, evitando que compartan espacios de organización, reivindicación y conciencia colectiva. Resulta paradójico que quienes están llamados a garantizar el ejercicio de derechos y libertades vean los suyos recortados de forma sistemática.
En este contexto, cobra especial relevancia la decisión de miembros de la Policía Nacional que han manifestado públicamente su voluntad de afiliarse a sindicatos de clase como CCOO o UGT, organizaciones en las que desde hace años participan policías locales y autonómicos. Se trata de una decisión consciente y valiente, sabiendo que puede acarrear sanciones graves en aplicación de la Ley de Régimen de Personal aprobada en 2015.
Ya no son necesarios pasamontañas ni comparecencias encapuchadas para correr riesgos. Hoy la disuasión adopta la forma de sanciones administrativas y expedientes disciplinarios, pero el efecto es el mismo: frenar el ejercicio de derechos fundamentales.
El Gobierno no debería ignorar esta realidad. Tiene la capacidad —y la responsabilidad— de promover un cambio legislativo que garantice plenamente el derecho a la libre sindicación. De no hacerlo, la experiencia demuestra que la presión social y la realidad acabarán imponiéndose, aunque sea a costa de nuevos conflictos y sufrimiento innecesario.
La negación de derechos no fortalece la autoridad del Estado, la erosiona. Una democracia que se proclama avanzada no puede seguir tratando como una amenaza el ejercicio de libertades fundamentales. Reconocer el derecho a la libre sindicación no es un riesgo: es una prueba de madurez democrática.
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