"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

domingo, 8 de marzo de 2020

Congreso internacional de atención a la violencia de género desde el ámbito local: Buenas prácticas en las Policías Locales.

Por Ana Odena del Campo
(Responsable de CCOOPOLICIA en el PV)

El Congreso se celebró en el Complejo de la Petxina los días 3 y 4 de marzo. El contenido del mismo ha cubierto sobradamente las expectativas que se tenían, de hecho, en cuanto se anunció, en menos de 48 horas se agotaron las 300 plazas disponibles. Ahora es el momento de hacer un resumen de lo más importante o sobresaliente en opinión de CCOO.
El programa y el horario fue intenso y es de agradecer que se hiciera cumplir, de esta forma las distintas mesas fueron dinámicas y los ponentes tuvieron que exponer con concreción y no dormirse en los laureles.
El Congreso fue inaugurado por el Sr. Alcalde de Valencia, la Concejala de Igualdad y la Jefatura de la PLV.
En los 2 días del Congreso se celebraron nueve Mesas todas ellas interesantes, donde estaban representados distintos municipios de diverso tamaño.
Es de destacar la Conferencia de presentación realizada por Octavio Salazar Catedrático de Derecho Constitucional, miembro de la Red Feminista de Derecho Constitucional y de la Red de Hombres por la Igualdad. “¿todos los hombres somos iguales? John Wayne qué estás en los cielos”. Su exposición fue reveladora, habló de las nuevas masculinidades, usó ejemplos que dejaban patente la concepción de la propiedad y de dominación que por lo general tienen los hombres y que hay que trabajar para desmasculinizar el poder, la cultura, los saberes, el derecho… El 14% de los premios Goya son para mujeres. Educación Feminista ya!!!!. Es urgente aprender que otros héroes existen y trasladar a los jóvenes que hay otras formas de hombres que les liberarán de esa carga que llevan desde la infancia teniendo que aparentar en cualquier situación lo machos que son.
La Ponente Carmen Castro, Doctora cum laude en Economía, centro su exposición en “la ética y el cuidado retos para la gestión y el entorno de la Policía Local” un concepto muy interesante que consiste en poner en el centro de lo importante a la persona.
Por otro lado, es una gozada ver y oír a compañeros y compañeras de distintos territorios unos más pequeños con menos recursos y otros más grandes con mayores plantillas y recursos, pero todos con gran entusiasmo, volcados en los proyectos en los que desarrollan su trabajo de lucha contra la violencia de género educando en igualdad. Por ejemplo:
El agente tutor de la P.L. de Córdoba transmitía entusiasmo, empatía y cercanía, nos contó que hacen charlas de violencia de género y de igualdad hasta en el ejército y en las instituciones penitenciarias de hombres y mujeres varias veces al mes. Enhorabuena.
La Policía Local del municipio de Alcobendas nos explicó cómo se creó la unidad LUNA y como trabaja su equipo con dedicación exclusiva los 365 días las 24 horas.
El oficial de la Policía Local de Almonte perteneciente al Grupo Promesas (promesas mujer, menor en servicio de apoyo social).
La Policía Local de Denia nos presentó la Unidad Artemisa con 12 agentes con dedicación exclusiva las 24 horas los 365 días del año. Editaron una revista llamada “Artemis” dirigida a la mujer de Denia con contenido de ayuda para la mujer que necesitará apoyo, se repartió por los comercios de esa localidad con gran éxito.
También estuvieron presentes las grandes poblaciones cómo Madrid con 5600 policías actualmente. Aunque se reseñó que en 2010 llegaron a ser 7000. Madrid tiene muchas unidades especializadas, pero la unidad de violencia de género llamada Unidad de Familia tiene actualmente 100 policías en tres turnos las 24 horas los 365 días. Cuentan con el apoyo imprescindible de las patrullas ubicadas en los distintos distritos de la ciudad con agentes especializados en violencia de género, son los que normalmente acuden al primer aviso y se coordinan con la unidad de familia.
La Policía Local de Valencia nos presentó a su GRUPO GAMA, con 21 agentes y con 600 mujeres actualmente bajo su protección. A la cabeza de esta unidad está la Comisaria Estefanía Navarrete, además de ser la organizadora de este Congreso tan intenso y tan complicado de coordinar. La Comisaría nos contagió su entusiasmo y nos volvió a trasladar su firme compromiso en la defensa de la mujer en todos sus ámbitos y especialmente en el nuestro, el ámbito policial. Insistió en la necesidad de la formación en igualdad a los policías. Como proyecto de futuro inmediato informó que estas Fallas Valencia contará con puntos Gama en puntos estratégicos de la ciudad y como futuro a medio plazo, el proyecto de una comisaría única del grupo Gama y elaborar un convenio con P.N. y Delegación de Gobierno para que se puedan recoger las denuncias y realizar los atestados de violencia de género por la Policía Local de Valencia y su unidad especializada. Una reivindicación repetidamente solicitada por CCOO.
También tuvimos Mesa de atención a mujeres resilientes, dónde una mujer superviviente de malos tratos nos dejó sin palabras y con el corazón encogido, al contarnos su experiencia y el calvario que tuvo que pasar para transitar el camino policial y judicial al interponer la denuncia. Nos trasladó la necesidad de preparar a la mujer para el camino que tiene que recorrer, y de esto en Valencia se ocupa el servicio espacio de dones e igualdad coordinados con el grupo Gama. En este espacio se atiende a cualquier mujer con problemas de violencia de género y a menores. Se cuenta con atención socioeducativa para los menores y sus familiares.
Y dejo para el final la Mesa jurídica: “aplicación de la perspectiva de género en el ámbito jurídico”. Las dos ponentes estuvieron brillantes, se metieron al personal en el bolsillo. Ojalá se extendiera su forma de pensar y trabajar en el ámbito jurídico como si fuera el Coronavirus. La magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Albacete  Cira García, puso el acento en formar a todos los actores implicados en perspectiva de género, refiriéndose también a la aplicación de esta perspectiva en los atestados policiales. Nos trasladó que no tratar a la víctima con perspectiva de género es doble victimizar a la mujer.  “una palabra tiene el poder de curar pero también de destruir. Hay que tener cuidado con el lenguaje”. La Magistrada en menos de 5 minutos explicó de forma muy clara lo que nos afecta del Convenio de Estambul y SUS CUATRO P:
·      PREVENCIÓN
·      PROTECCIÓN
·      PERSECUCIÓN
·      POLÍTICAS
Además, nos cuenta que en el 2018 se editó por el Consejo General del Poder Judicial una Guía de Buenas Prácticas dirigida al personal de la judicatura para la toma de declaración a las víctimas de violencia de género. Esto denota que hay cosas que mejorar y que los y las magistradas se tienen que formar más y mejor en esta materia.
Y si la primera ponente estuvo brillante la segunda no se quedó atrás, magnífica la Fiscal Delegada de Violencia sobre la Mujer de Valencia Rosa María Giralt Martínez. La Fiscal tiene a gala denunciar lo que está mal en la justicia. Solo de esta forma se pueden solucionar o mejorar los protocolos. La Policía Local es la primera en llegar al lugar de los hechos, y es por ello que traslada la importancia de esa primera actuación, la inspección ocular, tomar nota de todos los detalles, hacer fotos del lugar, si hay menores mostrar empatía con ellos, tener los ojos y oídos abiertos por las manifestaciones tanto de los menores si los hubiera como de los vecinos. Está actuación facilita mucho el trabajo de la fiscalía.
Y finalmente llegó el final del Congreso y sus conclusiones, resaltando alguna de ellas:
·      La ética y el cuidado de la persona. La prioridad es poner en el centro de lo importante a la persona.
·      los agentes protectores acumulan mucho estrés, y por tanto se les tiene que proteger. hay que cuidar al cuidador.
·      es necesario establecer protocolos y políticas que se centren en controlar al agresor y no tanto a la víctima.
·      La educación continua en perspectiva de género tanto en el ámbito policial como en el judicial es imprescindible.
En la clausura el concejal del Área de Protección Ciudadana Aarón Cano se comprometió en qué “este congreso no era el final de un camino, sino el inicio de otro”. Reivindicó la alta formación y capacitación profesional de los Policías Locales a nivel estatal. Anunció que se realizará un libro Blanco sobre el desarrollo de este Congreso e informó que Valencia está en la Red de Municipios Libres de Trata y por tanto se va a intensificar la lucha contra la prostitución, los puteros y proxenetas, para erradicar una de las violencias de género más crueles de nuestra sociedad.
Finalmente cerró el Congreso el Director de la AVSRE José María Ángel y el Jefe de la Policía Local de Valencia, José Vicente Herrera.
Hubo un reconocimiento con un gran aplauso sostenido a la Comisaria Estefanía Navarrete, por su trabajo y compromiso sin descanso en todo lo que tiene que ver con la defensa de la mujer.
Sirva este escrito para desde CCOO trasladar la enhorabuena a la organización de este evento, y solicitar a todos los estamentos implicados el compromiso por erradicar la Violencia de Género de nuestra sociedad y aprovechamos para conminar a todas las administraciones con competencia para formar al personal de la Policía Local, que se establezca un convenio para la realización de cursos con contenidos en perspectiva de género de carácter obligatorio y por tanto en horario efectivo de servicio.

martes, 3 de marzo de 2020

CCOO denuncia el incumplimiento de la Ley de Policía por los ayuntamientos en materia de seguro de accidentes.





CCOO-POLICIA advierte que transcurridos los dos años preceptivos para dar satisfacción a lo fijado por ley, muchos ayuntamientos siguen sin cubrir esta obligación, lo que podría llevar a demandas individuales y un sobre coste a las arcas municipales.

El cuatro de enero pasado venció el plazo establecido por la Ley 17/17 de 13 de diciembre, de Coordinación de los Cuerpos de Policía Local, en la disposición transitoria octava para que los ayuntamientos procedieran a contratar pólizas de seguros colectivos para las plantillas de policía local de manera específica de tal manera que quedaran cubiertas las eventualidades en caso de accidente y responsabilidad civil, artículo 80.6 de dicha Ley.
- Ley 17/2017 de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana: Art.80.6: “Los ayuntamientos deberán contratar seguros de vida, accidentes y responsabilidad civil que cubran los riesgos en que puedan incurrir los miembros de los cuerpos de Policía Local en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con lo previsto en la legislación estatal sobre estabilidad presupuestaria”.
- Disposición transitoria octava. Contratación de seguros de vida, accidentes y responsabilidad civil: “Los ayuntamientos que dispongan de cuerpo de Policía Local y, en el momento de entrada en vigor de esta ley, no tengan contratados los seguros a los que se refiere el artículo 80.6, deberán adoptar las medidas necesarias para que las correspondientes pólizas hayan sido contratadas y estén en vigor en un plazo máximo de dos años”.
CCOO se ha visto obligada a iniciar una campaña de denuncias en decenas de municipios como consecuencia de haber constatado el incumplimiento de la Ley en esta materia.
Así, en ayuntamientos como Alicante, Castelló, Torrent, Paterna, El Campello, Gandia, Lliria, Requena, Alzira, Cullera, Godella, Vinaros, Paiporta, Riba-roja, Puçol, L'Alfàs, Sagunt, Torrevieja, Ontinyent, Almoradi, Vila-real, Teulada, Benijofar, Pego, Benicarló, entre otros, el Sindicato ha dirigido escritos a las alcaldías exigiendo que se cumpla con la Ley y se proceda a contratar los seguros pertinentes cuyas coberturas mínimas deberían contemplar: fallecimiento, incapacidad total, incapacidad absoluta y gran invalidez.
Este derecho y consideración exigimos que como mínimo esté a la altura de lo contemplado para Policía Nacional en la Ley de Personal que le es propia.
CCOO considera que ante la inactividad de las administraciones en la ejecución del precepto legal, y por los perjuicios de difícil o imposible reparación que pudieran acarrear el tiempo transcurrido hasta la ejecución de esta obligación, la Administración como responsable de forma directa y principal al 100% de los hechos que pudieran ocurrir.

Valencia, 03 de marzo de 2020.

miércoles, 26 de febrero de 2020

La Comisión de Coordinación del 24 de febrero de 2020 aborda la modificación del Decreto 153/19






Se ha celebrado la Comisión de Coordinación, con presencia del Dtor General de la AVSRE, la parte técnica, el representante de la jefatura de la PLV,  la de la FVMP y el Sr. Alcalde de Vilarreal (de los ocho que corresponden a los municipios) además de los Sindicatos con representación en esta comisión UGT, CCOO y CSIF.

En el orden de día estaba previsto abordar el borrador del nuevo decreto 153 de acceso y selección de todas las categorías de P.L. Como sabéis dicho borrador presentaba cuestiones que empeoraban el decreto vigente y además está pendiente todo su desarrollo.

CCOO y UGT hemos presentado conjuntamente alegaciones y propuestas de mejora de dicho borrador y se han aceptado muchas de ellas, no obstante quedan otras por concretar  muy importantes.

Se han consensuado los 40 temas para agente (habían puesto 50), pero lo mas interesante es que el temario deberá ir en concordancia al grupo de titulación requerido y las preguntas  deberán reproducir literalmente los enunciados normativos que indica el temario, huyendo de las generalidades y de esta forma evitar las preguntas trampa. (falta concretar el resto de temas para las otras categorías)

También se ha acordado por la Comisión que el Decreto contemple una Disposición Adicional donde se establezca el compromiso de elaboración de un temario de acceso que sea público y de donde salgan los ejercicios de test y supuestos prácticos. 

En cuanto a las pruebas físicas, en el 1er. borrador se presentaron unas pruebas muy exigentes y finalmente se ha aceptado unas pruebas con unas marcas intermedias más razonables. Se acepta el cuadro de edades de las pruebas físicas para el personal de promoción interna afectado y el turno libre de cocurso-oposición de inspector o inspectora. Las pruebas sicotécnicas solo medirán los factores de la personalidad social y laboral, eliminando la parte intelectual. 

La prueba de la entrevista semi-estructurada será grabada y deberá tener un guión estandarizado con los ítems a realizar. 

En cuanto a las pruebas centralizadas en el IVASPE, CCOO y UGT hemos propuesto la necesidad de recuperar aquello que la última modificación de la Ley 17 eliminó, a nuestro juicio, sin motivo alguno y por tanto proponemos que el decreto establezca  convocatorias anuales centralizadas de las pruebas físicas, psicotecnias y la entrevista semi-estructurada. Para CCOO esta es una de las cuestiones mas relevantes de todo el proceso de selección, porque genera una seguridad a los aspirantes que han superado dichas pruebas y no están condicionados a que en otro ayuntamiento por los motivos que fuere no las superara. Además aporta transparencia al proceso y economía presupuestaria, puesto que los Ayuntamientos se ahorrarían el coste económico y de recursos humanos que se destinan a realizar estas pruebas. Los procesos se acortarían en el tiempo, en fin, nosotros consideramos que el establecimiento de estas pruebas centralizadas son todo ventajas para la administración pública y para el personal aspirante.

Todas estas cuestiones y algunas otras como son el baremo de méritos y algunos ajustes en las reservas de promoción interna en la categoría de oficial, se cerrarán antes del Jueves al objeto de tener el documento de decreto y sus anexos ya definitivos.

En otro orden, la Subdirectora nos ha presentado el borrador de la resolución de la convocatoria de la constitución de una bolsa de P.L. para formar parte, de los órganos de selección de procesos de selección y el anexo donde se establece dicho procedimiento de inscripción y gestión.

El personal de esta bolsa será elegida por sorteo y de los dos vocales elegidos, al menos uno de ellos lo será de la misma categoría del puesto convocado. En relación con este tema y con el curso que desde el IVASPE se oferta para poder formar parte de la bolsa antes mentada, se ha propuesto que dichos cursos se propongan también en los planes de formación de las Diputaciones y de la FVMP, de forma que en poco tiempo tengamos una bolsa de personal suficientemente numerosa.

Finalmente se ha preguntado por la situación del Decreto de uniformidad, se informa que el mismo está teniendo numerosas alegaciones y que llevara un poco de tiempo valorar las mismas.

Como véis ha sido una sesión intensa, desde CCOO más allá de cabreos, decepciones y similares, seguimos trabajando desde la responsabilidad, en aras de mejorar las condiciones del colectivo de Policía Local en todos sus ámbitos y no somos de ponernos detrás de la vaya sin hacer nada e increpar al que trabaja.

viernes, 31 de enero de 2020

Comisión de Coordinación de 31 de enero de 2020.

La reunión ha sido breve. Seguramente ya le habían llegado críticas a la Agencia de que así no se hacen las cosas.

Hace escasos días se nos avisa de que había Comisión de Coordinación el 31 y que ya se aportarían documentos. Íbamos a tratar la modificación del Decreto 153 de acceso, promoción y movilidad.

El tema se esperaba y como consecuencia de la modificación de la Ley 17/17 por vía de urgencia en la ley de Acompañamiento de los Presupuestos 2020 Ley 9/2019 en diciembre pasado. Por lo tanto había que cambiar el Decreto 153. 

Las redes están que arden hace tiempo por las esperadas órdenes de desarrollo que nunca llegaron, encontrándonos con lo de siempre.....cada uno por su lado, cada ayuntamiento a la suya, sin orden ni concierto. Un ejemplo de lo que nos espera con un Gobierno Autonómica que funciona a base de presión del "lobby municipal".

Pero además, porque todo el mundo ha visto ya hace tiempo documentos no oficiales (borradores dicen) de lo que nos espera y en ellos ya se constataba que los objetivos que nos marcamos en su día no aparecen ni por asomo:

Se pretendía la simplificación del proceso selectivo.

Se pretendía  evitar que la juventud que aspira a ser policía  tuviera que repetir una y otra vez pruebas tales como  preparación física y psicotécnica, día si día no en un municipio y en el de al lado.

Se pretendía reconocer la “movilidad” como un derecho, defendiendo la premisa de que quien es policía en una población, es valido para serlo en cualquier otra.

Se pretendía acotar y concretar la dificultad de las pruebas de conocimientos acorde con la categoría a la que se opta, con  temario “concreto y cerrado” y un manual accesible, público, sobre el que se desarrollarían las pruebas.

Y más..../...

En fin. Una reunión breve, en la que se nos ha hecho entrega del documento relativo al baremo de méritos que no se había podido aportar ni con la convocatoria.

Visto lo visto, el Director General ha optado por proponer una salida airosa a la situación. Convocar de nuevo a la mayor brevedad posible y dar un plazo para que se le hagan llegar todas las alegaciones a los documentos que estimemos oportuno. Ofreciendo la posibilidad de reuniones particulares con los técnicos de la Agencia por parte de cada representación presente en la Comisión de Coordinación, con el objeto de avanzar en aproximar posiciones entre todos.

Decir por nuestra parte que recogemos el guante. Ya le hemos recordado que llevamos mucho tiempo quejándonos del cambio en las formas de trabajar, puesto que la anterior etapa (legislatura) fue mucho mas participativa.

Y como siempre, hemos hecho constar que de los 8 representantes de los ayuntamientos solo estaban dos. En esta ocasión los alcaldes de Alzira y Villareal.

Al final de la sesión CCOO hemos solicitado a la Agencia que envíe una circular a los ayuntamientos recordándoles que ya expiró el plazo para contratar los seguros obligatorios de fallecimiento, accidente, invalidez para los componentes de los Cuerpos de Policía Local puesto que la Ley 17/17 daba dos años.

Así pues. Desde CCOO os facilitamos la documentación que nos han dado y os sugerimos que aportéis alegaciones a nuestro correo: policia@pv.ccoo.es  antes del día 5 de febrero las valoraremos e incorporaremos en su caso a las propuestas que hemos de presentar y defender.

Los documentos son: 

1.-El texto de nuevo Decreto
2.-El documento de anexos
3.-El documento del baremo de méritos.

Enlace para acceder a los documentos:



Esperamos vuestras aportaciones. El esquema debe ser el siguiente:

1.- Texto del documento
2.- Redacción que se propone
3.- Justificación de la enmienda.





viernes, 17 de enero de 2020

Anotaciones en torno a la Circular 1/2020, de la AVSRE


(Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias)

Por Julio Conesa

El pasado día 13 de enero, el Director de la Agencia José María Angel Batalla, hacía pública una circular dirigida a los ayuntamientos, en la que después de reunirse con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, daba su opinión (él dice: “sin perjuicio de cualquier otra opinión mejor fundada en derecho” ¿?), sobre las consecuencia de las modificaciones de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, que entraron en vigor el 1 de enero de 2020, por la aplicación de la Ley 9/2019 de acompañamiento de los Presupuestos.

Usar la muletilla de “sin perjuicio de”, está bien. Pero también deja entrever una especie de sensación de inseguridad propia de aquellos que bajo presión han tenido que desdecirse varias veces de sus pretensiones iniciales.

Resulta triste comprobar como aquellos que venían con ideas innovadoras, con propuestas avanzadas y abriendo caminos, acaban asumiendo que la realidad (intereses, incomprensión, reacción, conservadurismo, incluso menosprecio por la profesión) se han acabado imponiendo.

En relación al personal funcionario interino que fue nombrado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 17/2017, nos dice que por aplicación del TREBEP, cesará cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento, además de por cualquiera de las causas que den lugar a la pérdida de la condición de funcionario de carrera, de acuerdo con el artículo 10.3 del TREBEP.

Vamos. Nada que no supiéramos todo el mundo ya! Los interinos de antes de la Ley deben ir consolidando las plazas y para ello se fijó la Disposición Transitoria Primera, inicialmente afectada por la redacción que la Ley de Presupuestos Generales del estado dio a los Planes de Estabilización y que deberá continuar adecuándose a los nuevos Planes que se vayan definiendo.

Por otra parte  sobre el personal funcionario interino que fue nombrado de acuerdo con la Disposición Transitoria 13a de la Ley 17/2017 (primera de las cesiones bajo presión que hizo el Govern del Botánic I), derogada por la Ley de Acompañamiento, Ley 9/2019. Debió cesar el 31 de diciembre de 2019.

Pero visto lo visto, bastantes ayuntamientos han optado por no cesarlos. Para que? Para nombrarlos acto seguido. O para tener que nombrar otros en breve y tener que gastar de nuevo dinero en uniformidad etc.

Y ahora la última. A partir del 1 de enero de 2020 se puede nombrar personal funcionario interino de acuerdo con los requisitos establecidos en el “nuevo” artículo 41 (bis) de la Ley 17/2017, introducido por la Ley 9/2019.

¿Con qué características?:

La excepcionalidad! Solo cuando concurran motivos ciertos de urgencia y necesidad (claro, vaya novedad, esto es precisamente lo que fija el TREBEP para cualquier nombramiento de personal interino en la administración)
OJO!: “no podrán portar armas de fuego y deberán limitar sus funciones a las de policía administrativa, custodia de edificios, medio ambiente, tráfico y seguridad vial”.

Pero bueno. ¿No decíamos que la Sentencia del Constitucional obligaba a considerar que el personal interino es aquel que debe ser nombrado por urgencia y necesidad y que realiza las misma funciones y cometidos que el funcionario de carrera?

¿Alguien puede imaginarse a un TAG interino al que le limitan la realización de funciones o le privan de recursos o instrumentos de trabajo frente a lo que es exigible en la plaza de funcionario de carrera porque la ocupa provisionalmente?

Sin duda. Creo que con lo afirmado por el Constitucional y vista la importancia que tiene una “Ley de Coordinación de Policía”, la falta de interés por parte del Govern del Botànic II por hacerse valer y respetar. Cualquier alcalde o alcaldesa que lo estime oportuno podría dotar de los instrumentos necesarios para dar el servicio al todo el personal, incorporarlos al servicio ordinario y realizar la totalidad de las funciones que son propias del cargo (como dice el Constirucional).

 Luego la Circular se dedica a “sugerir” las actuaciones que deben llevarse a cabo peo que se diga lo que se quiera van a ser a voluntad de parte, como viene siendo. O ¿Es que alguien recuerda la última vez que la Agencia, o la Dirección General de Administración Local requirió a un ayuntamiento por incumplimiento de la Ley 17/17?

a) La acreditación de los nombramientos interinos ante la Agencia de los motivos de urgencia y necesidad y de la existencia de un procedimiento previo de provisión del puesto a cubrir entre funcionarios de carrera.

b) Luego recuerda (esto ya es obligatorio porque lo impone la norma estatal, el TREBEP para todo nombramiento interino), que los puestos vacantes que pretendan cubrirse mediante el nombramiento de personal interino deberán haber sido incluidos en una oferta de empleo público vigente con anterioridad a la cobertura temporal del puesto, o incluirse en la siguiente, y tener la debida consignación presupuestaria.

c) Después otra obviedad: Sólo podrá ser nombrado como interino quien formen parte de una bolsa de empleo temporal específica (como siempre) constituida en el ámbito de cada Ayuntamiento o, en su caso, de la bolsa de empleo temporal autonómica constituida por el órgano competente en materia de coordinación de policías locales de la Generalitat.

No se lo creen ni en los mejores sueños. O ¿es que no se están llegando ya a acuerdos interadministrativos (vamos, como siempre) entre ayuntamientos para aprovechar las bolsas de unos y otros escapando al control (si es que existe)?

Y luego mas literatura!! El acceso a cualquiera de las bolsas para policía local interino requerirá la previa superación de un proceso selectivo que estará basado en los principios de objetividad, transparencia, mérito y capacidad para el ejercicio de la función policial.

Pues como ha funcionado siempre el mercado o ¿no?

Ahora viene lo mas fuerte y a lo que le auguro poco tiempo: El proceso selectivo consistirá en la superación de pruebas de carácter físico, psicotécnico y de conocimiento que acreditarán la aptitud y capacidad de los aspirantes para el ejercicio de la función policial. El personal que sea seleccionado de las bolsas para ocupar plazas en régimen de interinidad, deberá superar un curso teórico práctico de al menos 60 horas de duración que será realizado por el IVASPE u homologado por él, (Ah! Vale) en el supuesto de que sea impartido por Entidades Locales que acrediten capacidad formativa. El temario y contenidos de las pruebas y del curso estarán directamente relacionados con las funciones de la policía local y serán determinados por la Conselleria competente en materia de seguridad. (Ya veremos!)

Y al final, lo mas gordo que no creen ni en la Agencia!!

Los nombramientos expresarán su vigencia y tendrán una caducidad máxima de 2 años no susceptibles de prórroga alguna desde la toma de posesión, transcurridos los cuales se producirá el cese automático del personal policía interino.

Pero vamos a ver. Si la normativa general es la que manda, porque se asume el criterio incuestionable del Tribunal Constitucional y en base a la misma se cambia una Ley que no debió tocarse, ¿a santo de que viene poner limitaciones una vez más a lo previsto en la normativa, en el TREBEP y que es de aplicación a toda las administraciones públicas?

Con el TREBEP, realizada la Oferta de Empleo Público (según se ha dicho es obligado que la plaza esté en la misma) se estará al plazo improrrogable de tres años. Y después ya se verá si los procesos selectivos han acabado o no. Etc…… Vaya, vaya, ahora nos ponemos duros y decimos que “cese automático”. Ya veremos.

Mucho me temo que abierta la brecha por la que se está resquebrajando el edificio (primeras cesiones al lobby reaccionario en 2018), este se vendrá abajo por mas que se intente apuntalar.

La renuncia de PSOE y Compromís a defender la profesionalización de la policía local y sus compromisos en la aprobación de la Ley 17/17 (véase como han cambiado la exposición de motivos de la Ley en 2019) solo nos puede llevar hacia atrás. La evidencia es el frenazo en seco que se ha producido en la consolidación de plazas, el incremento que vamos a vivir en la interinidad.

Y lo mas gordo: No ha servido para nada! El conflicto van a seguir arrastrándolo porque les va a exigir más y más.

Quieren manejar las plantillas de Policía Local como han hecho siempre.
Quieren “policías a la carta”
Los portavoces del PP, al día siguiente ya lo dijeron: “Dejen en paz a los ayuntamientos” “La gestión es cosa de ellos”
Y en eso coinciden plenamente, como siempre con los corporativos, los llamados “profesionales” (¿?), cada uno por su propio interés, no querían esta Ley y lo que suponía.


martes, 7 de enero de 2020

Sobre el plazo esencial de los tres años para ejecución de una Oferta de Empleo Público


Por J.Conesa

Veamos. Hay una tendencia a no valorar la importancia que el TREBEP da a la ejecución de las Ofertas de Empleo Público.

Una vez negociadas y aprobadas, parece como si el tiempo pudiera transcurrir de manera indefina. Como si ya se hubiera cumplido con un trámite y ahora tocara ir gestionando la Oferta de manera laxa. Siempre jugando con los tiempos y la oportunidad de sacar solo la convocatoria de determinadas bases en orden a las prioridades políticas del momento.

El Tribunal Supremo, en Sentencia casacional num 660/2019 de 21 de mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta deja claro que el plazo fijado por el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril (actual inciso final del artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre ) tiene carácter de plazo “esencial” y que por tanto, su transcurso sin ejecución alguna de dicha oferta la deja sin efecto, haciéndola inaplicable.

Por lo tanto se entiende que la exigencia del art. 70 está en armonía con el carácter que corresponde a la Oferta de Empleo Público como instrumento creado con la finalidad de racionalizar y ordenar el proceso de selección de personal. Es un documento por el que la Administración hace pública la relación de plazas vacantes que pretende cubrir durante el ejercicio presupuestario a través de los procedimientos de selección de personal.

Lo anterior supone que existe una estrecha vinculación entre la Oferta de Empleo Público y los presupuestos de cada año, que implica que tales ofertas deban aprobarse con carácter anual y ajustándose a los límites que, para cada año, determinen las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado en relación con la tasa de reposición de efectivos.

Añade que esta norma resultaba igualmente aplicable a las entidades locales conforme a lo establecido en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de Bases del régimen Local, que dispone que " las Corporaciones Locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal ."

Razona que el artículo 70 del EBEP vino a reforzar la vinculación entre la Oferta de Empleo Público y los presupuestos de cada año. Y este mismo mandato es reiterado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público.

El Estatuto es claro y conciso, no requiere en este aspecto de aclaración y por tanto concluye que los mandatos establecidos por las Leyes, cuando las mismas tienen una vocación general y permanente, como ocurre paradigmáticamente además con el Estatuto Básico del Empleado Público, no necesitan ser reiterados o renovados por las Leyes posteriores y menos aún por las Leyes de presupuestos del Estado, cuya finalidad es la ordenación de los ingresos y gastos dentro del correspondiente período.

Tomando en consideración lo expuesto, es evidente que nuestro cometido, desde CCOO, no está tan sólo en la negociación de la Oferta de Empleo Público, exigiendo, fiscalizando que se cumplan los plazos de su aprobación, el informe pertinente de las plazas vacantes/presupuestadas objeto de la misma, cumpliendo los requisitos fijados por la LPGE correspondiente, sino que además debemos actuar de manera coordinada para exigir de inmediato la planificación de su desarrollo, la negociación de las bases correspondientes, su publicación y el seguimiento del cumplimiento de los procesos selectivos.