"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

sábado, 16 de noviembre de 2019

Desmontando los argumentos para cambiar la Ley de Policía 17/17

Por Julio Conesa

Como ya se ha informado desde CCOO, el pasado día 15 de noviembre, por sorpresa, los grupos políticos que dan soporte al "Govern del Botànic II" presentaron una enmienda a la Ley de acompañamiento de los presupuestos 2020 para cambiar la Ley 17/17 en orden a introducir en la ley la figura del policía en interinidad que anteriormente se había prohibido.

Tal y como vengo anunciando desde hace tiempo, "el lado oscuro"  se acaba imponiendo, y el sector por tanto el lobby municipal contrario a la profesionalización de los y las policías locales acaba saliéndose con la suya. Como se sabe donde están los votos !! No hay partido que se resista cuando sus alcaldes y alcaldesas, concejales y concejalas reclaman su poder.

Dos años de continuo boicot a la acción de gobierno han bastado para poner en evidencia el débil poder autonómico. "Aixi no farem Pais!!"

Por la borda años de trabajo intenso, de poner en evidencia el maltrato a la profesión y los profesionales, de oponernos a que nos consideren unos "cucharillas", policías de segunda, subsidiarios de los cuerpos estatales de policía. Dijimos YA BASTA!

Y en el Ier. Govern del Botànic encontramos un aliado. Y fruto de aquello la Ley 17/17 que encumbraba a los Cuerpos de Policía Local al mismo nivel funcionarial y caracterización que el resto de cuerpos.

Ahora, cuando los ayuntamientos empezaban a entrar en razón, y se suceden las convocatorias de oposiciones porque se acababa el tiempo fijado, nos encontramos con que un cambio político en la dirección de la responsabilidad de coordinación de los cuerpos de policía local y se quiebra la dinámica de participación, diálogo social y acuerdo que teníamos. Al traste el principal objetivo marcado por CCOO y cientos de policías: la profesionalización total, al 100%.

1º.- No pueden venir diciendo que "La prohibición de la interinidad en policía se incorporó en la Ley por las sentencias que se habían venido produciendo" .

FALSO

Todos somos conscientes de que era el objetivo inicial. Ya lo fue en la Ley 6/99 y entonces se diseño para el interinaje una formula que debía haber reducido su existencia a lo imprescindible (no portar armas, solo policía administrativa, medio-ambiente y tráfico), como ahora se pretende. No sirvió de nada. La interinidad se multiplicó y ahora somos la comunidad con la mayor presencia de precariedad y temporalidad.
Por eso se insistió desde CCOO, que como otras comunidades (Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla La mancha, Castilla León, Madrid, Extremadura, Galicia o Murcia) no pudiera desempeñarse la profesión por funcionarios que no fueran de carrera.
Y así figura en la Exposición de Motivos de la Ley 17.

2º.- Dicen que la Sentencia del Constitucional nos obliga a corregir la Ley. "El fallo del constitucional no deja otra posibilidad que reformular la Ley" fuentes de Consellería Levante-EMV 16/11/19

FALSO

El propio informe jurídico de la Abogacía de la Generalitat que circula por todas las redes sociales dice: "En primer lugar, debe recordarse que, la sentencia del que es nuestro máximo intérprete de la Constitución NO afecta en nada al artículo 41 de la Ley 17/17". Y la pone en relación "exclusivamente" de lo que juzgaba el alto Tribunal: La capacidad de la Ley Balear para regular (al contrario de la nuestra) el nombramiento de policías locales interinos.

3º.- Se trata de "impedir una avalancha de litigios con los ayuntamientos". Que nosotros recordemos "litigios" ninguno, ya nos gustaría que la Generalitat defendiera sus normas ante la "autonomía local" (entiéndase la ironía), pues en general cada uno hace de su capa un sayo y no hemos visto nunca que la Generalitat, ni su Conselleria, ni su Agencia, se planten.

Y además. Nos hubiera gustado ver como una Sentencia del Constitucional (instada por algún ayuntamiento) finalmente hubiera dicho que la Ley 17/17 corresponde a las competencias de la comunidad autónoma y que si esta ha decidido que no hay más interinidad en un servicio básico de seguridad como es la policía, pues no la hay y punto.

Nos hubiera gustado comprobar como en coherencia con sus criterios, el Ministerio hubiera defendido la decisión de mantener la prohibición del interinaje por parte de la Generalitat.

4º.- Nos dicen que no hay mas solución. Que ls ayuntamientos reclaman poder atender las demandas de incremento estacional de población.

SI. Pero la Ley ya lo prevé, establece fórmulas y mecanismos que han de desarrollarse, como los hay en otras comunidades, pero claro, aquí no interesan al "lado oscuro" y por ello han estado boicoteando para que no vean la luz nunca.

5º.- Y ahora nos dicen que las contrataciones lo serán "SOLO" por razón de necesidad y urgencia. TOMA YA!

Pero si eso lo han dicho la normas desde 1984 y mira como hemos acabado !!!

¿Alguien se lo cree? Y para colmo nos aseguran que los ¿nuevos nombramientos interinos deberán corresponder a plazas vacantes ofertadas ya en OEP?

A quién quieren tomar el pelo?

Se han dado mucha prisa. La Sra. Gabriela Bravo quiere aprobar esto corriendo, antes de que abran los ojos los miles de policías que estaban ilusionados con alcanzar el objetivo de la profesionalización al 100%, de la consolidación del trabajo temporal, con el final de "chico para todo".

Por eso lo meten como enmienda a la Ley de acompañamiento y no como Decreto Ley que supondría tiempo, debate y participación para poder desmontar el grave error que significa esta decisión.

En fin. Como ha decidido el Sindicato, el día 9 nos veremos en las calles, una protesta sonora. No nos achantarán. Esta lucha no ha acabado!!

No hay comentarios:

Publicar un comentario