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lunes, 13 de mayo de 2013

CCOO exige la retirada del Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local

De la valoración del Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local en su versión aprobada por el Consejo de Ministros de 15 de febrero de 2013 se puede concluir, que es una ley que NO define de forma precisa las competencias de las entidades locales ni elimina duplicidades, de forma que, cada Administración Estatal, Autonómica o Local tenga el nivel de financiación adecuado a los servicios que presta a la ciudadanía.
Desde la aprobación de la Ley de Bases de Régimen Local en 1985 (Ley 7/1985, de 2 de abril) han pasado 28 años y la llamada segunda descentralización de las Comunidades Autónomas a los Gobiernos Locales no se ha producido a pesar de la importante transformación social que en este periodo se ha experimentado en los municipios.
El desarrollo del estado de bienestar ha supuesto un notable incremento de servicios en el ámbito municipal para atender la creciente demanda ciudadana, la implantación de estos servicios no ha contado con una financiación adecuada y estable por parte de las instituciones competentes en la materia, lo que ha generado mucha eventualidad laboral y privatizaciones en los servicios.
No es verdad la justificación del PP en la necesidad de ajustar su contenido a la Ley de Estabilidad Presupuestaria y el Control del Déficit Público. Según datos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas, las entidades locales son las Administraciones con menor déficit, -0.20%, frente al -1.73% de las Comunidades Autónomas y el -6.98% de la Administración Central (éste se incrementaría en un 3.25% si se incluyen las ayudas a la banca). Por otro lado la deuda pública Española está situada, según datos de 2011 en el 68.5% frente al 85.8 de Francia o el 81.2% de Alemania.
Las consecuencias de mantenerse en los términos actuales del anteproyecto de ley serán una vuelta al pasado:
Pérdida de capacidad política y económica de los Ayuntamientos.
_ Invade competencias de los Estatutos de Autonomía en materia local, así como otras legislaciones de carácter sectorial sobre inmigración, mujer, educación, etc.
_ Vaciar la capacidad de gestión de los Ayuntamientos de los municipios de menos de 20.000 habitantes, traspasándola a las Diputaciones Provinciales, entidades estas muy enraizadas en la época del franquismo y alejadas de la ciudadanía, ello sin perjuicio de la singular posición de las CCAA uniprovinciales o las Diputaciones Forales.
_ Bajo el eufemismo y la racionalización de la estructura organizativa de la Administración Local. El Gobierno del PP pretende resucitar las Diputaciones como entidades prestadoras de servicios en el ámbito municipal en detrimento de la capacidad de gestión propia de la administración más cercana a la ciudadanía: los ayuntamientos.
_ No clarifica las competencias de cada administración, sino que subordina el papel de los Ayuntamientos a Diputaciones y Gobiernos Autonómicos, recentralizando competencias de control y normativa a favor del Estado.
_ En lo que a clarificación de competencias municipales se refiere, el Texto del Anteproyecto de Ley mantiene, aunque con importantes limitaciones, la intervención municipal obligatoria prevista en la legislación actual, añadiéndole nuevos controles con consecuencias graves, especialmente para los municipios con población inferior a los 20.000 habitantes, el 95 % en España.
_ El Anteproyecto remite a una posterior ley la regulación de la intervención del municipio en las materias que como propias del municipio pudieran ser concurrentes con otras administraciones.
_ Del mismo modo, es contraria a los principios establecidos en la Carta Europea del Autonomía Local, ratificada por el Estado Español el 20 de enero de 1988, que define en su Art. 3, el concepto de Autonomía Local como “el derecho y la capacidad efectiva de las Entidades Locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos” y, en su Art. 4, Alcance de la Autonomía Local “el ejercicio de las competencias públicas debe, de modo general, incumbir preferentemente a las autoridades más cercanas a los ciudadanos”.
_ Limitar la capacidad de negociación de las condiciones laborales del personal al servicio de las entidades locales. A través de la ley de PGE se podrá limitar el máximo y mínimo de los conceptos retributivos del personal al servicio de las Entidades Locales.
_ Destrucción de empleo público local mediante la supresión de servicios, planes de ajuste y privatizaciones, bajo la escusa de la reducción del sector público local para el cumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera.
El Anteproyecto de Ley prevé una habilitación al gobierno para regular el “coste estándar de los servicios” mediante Real Decreto, convirtiéndose en una referencia básica para determinar la financiación de los servicios, los costes de transferencia, delegación de servicios, reversión a otra administración, evaluación de los servicios, la externalización, etc. Este elemento se convierte en una pieza clave de la reforma que condiciona la gestión municipal y su autonomía para determinar sus costes internos, incluidos los de personal.
_ Las entidades que desarrollen actividades económicas en situación deficitaria dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2013 para aprobar un plan de reequilibrio con el objetivo de corregir su déficit. Si éste no se corrige a 31 de diciembre de 2014, la entidad deficitaria en el plazo máximo de siete meses se disolverá.
 

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