"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

lunes, 8 de mayo de 2023

Desidia de la Generalitat en el ejercicio de sus competencias sobre Seguridad Pública




El pasado miércoles 3 de mayo de 2023 se celebró el acto de entrega de distinciones y condecoraciones a los miembros de los Cuerpos de Policía Local por parte de la Generalitat Valenciana en el Real Monasterio de Santa María de El Puig que, de esta forma, los policias, reciben el reconocimiento por actuaciones meritorias, sacrificio y buen hacer profesional. 

https://comunica.gva.es/va/detalle?id=371618364&site=174859771

CCOO Policía, felicitó a las y los policiales locales distinguidos, y declinó la asistencia al acto, como viene realizando en sucesivos años, como forma de protesta a la política de abandono y dejadez a que somete la Consellera Sra. Bravo al colectivo de la policia local.  

La Agrupación Sindical de Policías Locales de la Comunitat (ASPL), recuerda que no va a participar en actos, donde la responsable de la política de seguridad pública autonómica ensalce su condición ante los medios como si nada hubiera sucedido, y le recuerda que está haciendo dejación, durante años, de las competencias más elementales que sobre coordinación de policías locales tiene atribuida la Generalitat. 

Recuerda la Agrupación sindical que la Constitución, el Estatut y numerosas leyes, también leyes orgánicas, reconocen la competencia de la Comunitat en la coordinación de la actuación de las policías locales, mandatos normativos que están siendo sistemáticamente incumplidos;

-       Norma-Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat tiene 20 años, la actual Norma hace alusión a normativa derogada y, tan siquiera se ha adaptado a la Ley de Coordinación vigente de la que depende.

-       Incumplimientos de mandatos normativos en materia de Decretos y Reglamentos de homogenización y homologación como el de uniformidad, medios técnicos, defensivos  y de armamento (y Reglamento de retirada del mismo), de régimen retributivo, sistema de intercomunicaciones policiales, red de transmisiones conjuntas entre cuerpos policiales, bases de datos comunes en materia de información recíproca, colaboración interadministrativa, prestación de la seguridad pública en ámbitos supramunicipales, coordinación intermunicipal en materia de tráfico y seguridad vial, comisiones autonómicas y provinciales de policía judicial, Plan territorial de Seguridad Local, elaboración y publicación de estadísticas anuales, de funcionamiento del IVASPE, centralización de pruebas de selección, bolsa de empleo temporal autonómica, emisión común de carnet o acreditación profesional, Hoja de servicios de cada policía local, expedida y gestionada por Generalitat donde consten los datos sobre la carrera profesional de cada funcionario de policía local, y su respectivo Reglamento sobre el funcionamiento del Archivo, Reglamento sobre condiciones mínimas de las dependencias policiales (custodia de armamento), Reglamento de actuaciones mínimas en materia de Salud Laboral y Riesgos Laborales y un largo etcetera.

 

-       Incumplimientos de acuerdos en materia de Procesos de selección. No se ha constituido la bolsa de miembros técnicos de tribunales de selección de personal (y Reglamento sobre su funcionamiento), dado el incumplimiento en la celebración de cursos de formación acordados a este respecto para la constiyución de las respectivas bolsas y sorteo de sus miembros a demanda de los municipios.

 

No se han realizado las gestiones necesarias para que sea una realidad la posibilidad de que, a través de una encomienda de gestión, los municipios puedan delegar en la Generalitat la realización de parte o totalidad de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de policía local (unificación de convocatorias como realizan varias Comunidades autónomas). 

-       No está en mejor situación la gestión en lo que refiere a la formación. En lo que respecta a la formación básica y de mandos, ésta se ha visto interrumpida en diferentes ocasiones (tras haber sido anunciado su iniciopor parte de la Generalitat y causando diferentes trastornos a los aspirantes a policía local y mandos de los diferentes cuerpos de policia local por la incertidumbre generada, sobre todos de municipios de la Comunitat alejados, que habían realizado reservas de alquiler residencial). Acumulándose las demandas de los municipios para con la obligación de la Generalitat como parte del proceso selectivo. 

 

No existe Reglamento sobre el funcionamiento del Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE), ni un estatuto o régimen del alumnado. Tampoco está regulada la situación de los Instructores, o la bolsa de profesores docentes lleva funcionando desde los años 90 sin haber comprobado desde entonces, la idoneidad actual de los miembros que la constituyen. 

Del curso que se está impartiendo en la actualidad en el IVASPE la información que trasladan los alumnos no es nada esperanzadora; 

a)   Desplazamientos intermunicipales con vehículos propios y armas a realizar la asignatura de tiro policial a una cantera privada.

b)   Cargas lectivas que discurren desde las 8 de la mañana a las 8 de la tarde.

c)   Tiro nocturno a la 1 de la madrugada.

d)   Cafetería y servicio de comedor cerrado.

Respecto a la formación continua (aquella que debe ofertarse en Planes formativos anuales), es inexistente, no ha habido un Plan formativo anual desde hace años, más allá de algún curso o jornada puntual o de verano. Los policías locales deben acudir a organizaciones terceras para recibir la formación que la Generalitat debería impartir, y el IVASPE, ha sido condenado judicialmente por no homologar cursos y tampoco impartirlos.

En cuanto a las cuotas de profesionalidad de los miembros de los cuerpos de policía local que la Generalitat debe imprimir en el colectivo policial, ésta se ha visto igualmente comprometida a raíz de la modificación de la Ley de Coordinación,  dado que la modificación legislativa, lo ha sido para permitir la contratación precaria  de policías locales, en algunos casos sin formación ni experiencia en contratos por meses, siendo la Comunitat, de las pocas  comunidades autónomas en donde esta circunstancia está permitida. A este respecto, cabe recordar que la modificación legislativa fue una decisión con origen únicamente político (una Sentencia del T.Supremo avalaba la ley autonómica ahora modificada) y realizada en contra de la representación sindical.

La Agrupación Sindical de CCOO Policía, recuerda que tras un aplazamiento solicitado por parte de la Consellera (hace más de 3 años), todavía está esperando la celebración de la reunión solicitada a la misma, por lo que a día de hoy, no encontramos ningún motivo para acudir a actos públicos donde esté presente la Consellera Sra. Bravo. 


No hay comentarios:

Publicar un comentario