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jueves, 12 de abril de 2018

El grupo B y las exigencias de titulación específica de técnico superior

Por J. Conesa

La Ley 17/2017 de Coordinación de Policía Local en su artículo Artículo 37. Escalas, categorías y grupos de clasificación profesional, "crea" una nueva clasificación y distribución de escalas y categorías. Por lo tanto no reclasifica como hemos venido oyendo en los diferentes foros o incluso nosotros mismos utilizamos esa expresión para simplificar y entender mejor lo que se ha producido sobre todo con los Oficiales.

La Ley se adapta a la clasificación por grupos que fijo el EBEP en 2007 y que modificó la existente hasta la fecha que provenía de la antigua Ley 30/1984.

Tanto con la Ley 6/99 como con la actual, aquella adaptándose a la Ley del 84 y esta adaptándose a la Ley de 2007 contemplan cerrar la pirámide jerárquica cubriendo los tres grupos de titulación A, B y C. Ya que de lo contrario nos encontraríamos con una estructura piramidal rota por faltar la línea lógica en un cuerpo jerarquizado con tantas escalas y categoría pero con sólo dos grupos de titulación A y C.

La nueva Ley fijo una distribución de Escalas y Categorías claramente definidas como Escala Superior (categoría de Comisario/a Principal y Comisario/a), Escala Técnica (categoría de Intendente/a e Inspector/a), Escala Ejecutiva (nueva, con la categoría de Oficial/a) y la Escala Básica (con la categoría de Agente).

El grupo A de titulación contempla el A1 que es la Escala Superior y el A2 que es la Escala Técnica.
El grupo B de titulación contempla la Escala Ejecutiva y el grupo C (C1) de titulación contempla la Escala Básica.

Las exigencias de titulación para acceso a cada Escala no varían respecto de lo que venía contemplado en la Ley anterior, la Ley 6/99, tanto para la Escala Superior, Técnica o Básica.

La Ley 17/2017, al crear una nueva Escala, la Ejecutiva y situarla según el EBEP en el grupo B de titulación la exigencia para acceso es la de poseer la titulación de Técnico de Grado Superior, tal y como sucedió en 2011 cuando la Ley de Bomberos Ley 7/2011 "creó" la Escala de Mando que no existía e incorporó en la misma a todos los Cabos, Sargentos y Suboficiales que provenían del grupo de titulación C1.

Evidentemente. Para poder acceder a la Escala Ejecutiva (en caso de policía) o Escala de Mando (en caso de bomberos) hay que estar en posesión del título de Técnico de Grado Superior. Pero ni en un caso ni en otro había una titulación específica al aprobarse ambas leyes.

En el caso de bomberos la Administración Educativa se puso las pilas y en este momento ya hay estudios específicos. En el caso de policía, se está en ello para que estén lo antes posible.

Y mientras tanto? Como evitamos que se corte la carrera profesional?

Pues admitiendo las titulaciones de Técnico Superior, Grado, Diplomatura, Licenciatura, Master......y ello por no existir una específica por ahora.

Esta solución ha sido avalada por dos sentencias una en Alicante y otra en Valencia, sin que hayan habido ninguna más y ni en contra.

No es de recibo que se pretenda asustar a la gente con que se les corta la carrera porque es sencillamente falso.

O que se intente abortar lo de positivo que nos ha traído la Ley diciendo que habrá que echar marcha atrás y volver al C1. Cosa que no hicieron en bomberos y no vamos a hacer en policía (mucha envidia es lo que hay).

Mientras conseguimos desarrollar los estudios específicos en Formación Profesional y conseguimos que los chavales y chavalas opten por estudiar para policía local desde el Instituto, hemos de apechugar e ir resolviendo los problemas que se puedan plantear.

El Ministerio de Presidencia, que no el de Función Pública como dicen algunos, lo que ha requerido de la Generalitat es una negociación para aclarar algunos aspectos de la Ley y os puedo asegurar que los argumentos para requerir sobre este tema, no han entendido de lo que va. Por lo tanto esperamos que tras la reunión les quede claro que no hay ninguna intromisión en competencias, ni que se ha legislado fuera del marco de lo que compite a les Corts Valencianes, como así ha quedado claro tras el informe de la Abogacía, el Consell Juridic Consultiu y en el Contencioso-Administrativo.




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