"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

martes, 16 de octubre de 2018

Reclamamos la elaboración urgente del decreto express de acceso a policía local.



Ya en el mes de abril, nos dirigimos a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias para reclamarle que se tomara en consideración que el decreto sobre jubilación de policía local estaba por llegar y nos pillaría sin los deberes hechos.

La Ley 17/2017 de Coordinación establece que el personal que presta servicios como policía local únicamente podrá hacerlo con condición de funcionario de carrera en orden a la profesionalización de los cuerpos de policía y la inseguridad jurídica que generan otras figuras (interinos), recordamos que en la Comisión de Coordinación del pasado 24 de abril de 2017, los sindicatos planteamos que se aprovechara lo que la propia Ley ya prevé en materia transitoria para propiciar un sistema Express que podría ser un Decreto para que se cubrieran las necesidades imperiosas de plantilla.

Y esta previsible realidad está cada vez más cerca, sólo en Valencia capital se prevén 150 vacantes por este motivo.

La Disposición Transitoria Décima sobre cobertura de vacantes por jubilación a los sesenta años, fija la necesidad de un desarrollo reglamentario, decreto, para afrontar el cambio normativo previsto en materia de jubilación.

Y establece que dada la necesidad de tener nuevos agentes preparados para ser incorporados a las plantillas durante el proceso de transición de esta situación nueva, el órgano autonómico competente en materia de seguridad, previa petición de las entidades locales, encargará al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE) la realización de los procesos selectivos completos necesarios para poder ofrecer en los municipios valencianos la cobertura inmediata de las plazas de agentes que queden vacantes.

Las entidades locales que se acojan a este sistemadeberán incluir las vacantes en las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio en que se realice la petición.

Por consiguiente, en el marco en el que nos movemos de premura de tiempo y de urgente necesidad ya que estamos hablando de seguridad, que no lo olvidemos es uno de los derechos básicos de ciudadanía, el procedimiento debe ser rápido (express), pero garantista, al mismo tiempo que flexible y debe poder aprovechar la experiencia y meritos acumulados de los posibles aspirantes.

En orden a esta urgencia, a la necesidad de rapidez en el procedimiento, y a su flexibilidad creemos que sería un buen guión el siguiente:

1º.- Elaboración urgente del Decreto mencionado. En el mismo debe fijarse la fórmula por la que los ayuntamientos se adhieren y comprometen a aprobar la Oferta de Empleo Público extraordinaria que contemple las plazas a cubrir.

2º.- Proceso selectivo “express” a realizar por el propio IVASPE mediante compromiso formal de los ayuntamientos adheridos de incorporar el personal seleccionado a la plantilla respectiva para cubrir vacantes conforme se vayan produciendo.

3º.- El proceso selectivo debería ser el de concurso-oposición y contemplaría:
*          Pruebas previas, apto o no apto en materia de pruebas físicas y psicotécnico de personalidad ya previstos en la normativa actual.
*          Exclusiones médicas
*          Test de conocimientos
*          Prueba práctica.
*          Valoración méritos.

4º.- Nombramiento como funcionario en prácticas pendiente realización del curso selectivo en el IVASPE con elección del destino, e incorporación inmediata, por parte del aspirante por orden de puntuación obtenida, dado que la nota del curso es apto o no apto y por tanto no influirá sobre la nota final.


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