Bajo el amparo de la Ley Coordinación de cuerpos de policía local de la Comunidad Valenciana, entro en vigor como medida para paliar la descompensación entre en número de hombres y mujeres en las plantillas de los municipios en la Policía Local de la Comunidad Valencia, la reserva de un 30% para el acceso a las mujeres en los municipios donde la plantilla no llegue al 40%.
Recientemente se aprobó el decreto que regula las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana, uno de los puntos más destacables fue la adaptación de las pruebas físicas, hasta entonces esta prueba consistía en superar al menos 4 de las 6 pruebas propuestas.
Tras la adaptación pasaron a ser necesarias la superación de todas las pruebas, cuatro pruebas físicas obligatorias y eliminatorias, consistentes en demostrar la capacidad de resistencia, fuerza explosiva de los aspirantes, aunque sobre el papel se observa que la comparativa supone un quebranto en negativo para ellas.
En la práctica se está observando, que esta adaptación está muy lejos de la realidad, en lugar de mejorar la igualdad de y hacer un equilibro entre las medidas de los aspirantes hombres y aspirantes mujeres se aprecia una diferencia de tiempos poco ajustada a la singularidad de las opositoras, según las tablas que establece dicho decreto que resulta más inaccesible a las mujeres a la hora del ingreso a la Policía Local.
Actualmente las oposiciones para acceder al cuerpo de Guardia Civil constan de:
Resistencia muscular (carrera de 2 kms de distancia).
Velocidad (carrera de 60 mtrs).
Natación (carrera de 50 mtrs).
Potencia tren superior (extensiones de brazos).
Siendo éstas baremadas por edad y necesario la superación de todas las pruebas para aprobar.
Y para el acceso a Policía Nacional:
Circuito de agilidad
Dominadas
Carrera resistencia (1 km)
No existe la baremación por edad, pero sí hace media de puntuación entre las tres, pudiendo suspender una siempre que los otros dos alcances la máxima puntuación.
En definitiva, en el cuerpo de policía local se encuentra en desventaja en cuanto al acceso de las pruebas físicas para las chicas, ya que sería más equitativo que se modificaran las pruebas a un sistema de acceso más proporcional en tiempos y medidas con el fin de adecuar dichas pruebas al acceso justo y razonable.
Como consecuencia de esta medida, volvemos a encontrar un perjuicio hacía nosotras, ya que no se ajusta a la configuración de la anatomía del físico en las mujeres por razones objetivos de diferencia de morfología corporal.
De no modificarse el actual Decreto podría ser menor el número de mujeres que no superen dichas pruebas, debido a la desproporción que se puede observar, en comparación con las medidas para los hombres.
Un claro ejemplo de ello lo encontramos en la última oposición realizada en un municipio de la Ribera Alta que no ha superado ninguna mujer las mencionadas pruebas.
Se hace necesario un estudio adaptado a la realidad más equitativo adaptar las pruebas físicas a la realidad de las necesidades de las pruebas selectivas para el acceso a Policía Local que no supongan indirectamente una discriminación.
(*) Policía Local. Licenciada en Criminología