"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

viernes, 25 de octubre de 2019

La Agencia estudia la modificación legal que pueda permitir el nombramiento de policías interinos que la Ley 17/17 prohíbe.


Esta decisión viene respaldada por el Gabinete Técnico y ha sido apoyada por UGT en la sesión de la Comisión de Coordinación de 25 de octubre de 2019.
Tanto CCOO como CSIF nos hemos manifestado en contra de cualquier modificación legal que permita la contratación temporal y precaria de policías que la norma intentaba evitar.
Valencia 25 de octubre de 2019.
Se ha convocado la Comisión de Coordinación, para tratar la posibles repercusiones de la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de la normativa de Baleares que si permite el nombramiento de personal interino.
Han asistido los representantes de la Agencia, de la Dirección Gral. de Admon Local, del Gabinete Técnico, de los sindicatos con presencia en la Comisión (UGT, CCOO y CSIF).
Y UNA alcaldesa (Els Poblets) de los siete que debían asistir. Algo que hemos recriminado tanto nosotros como UGT.
Vaya por delante que todos los que han intervenido defienden que con la Ley se buscaba la mayor profesionalización de los Cuerpos de Policía Local y que por ello se indicó en su articulado que éstos estarían formador “unicamente” por funcionarios de carrera.
Pero las intervenciones han ido enfocadas hacia la necesidad de evitar una judicialización de nuestro marco normativo y por ello la de buscar una modificación legal de la Ley 17/17 que permita el nombramiento de policías interinos al estilo de Baleares: Una bolsa centralizada de carácter autonómico, seleccionados por la Agencia, formados por ella y a disposición de los ayuntamientos.
Tanto CCOO, como CSIF, hemos manifestado nuestra posición contraria a cualquier modificación de la norma que vaya en la línea de perpetuar el interinaje como una solución a las necesidades de personal en los ayuntamientos.
La Sentencia del Constitucional ratifica la potestad de la Comunidad Autónoma Balear a regular la figura. Lo cual no implica que dentro de nuestra capacidad de desarrollar nuestras competencias no podamos regular la “no existencia” del interinaje y por tanto la obligación legal de consolidar y estabilizar el empleo como fijo, como así hace la Ley 17/17.
No es posible, que sin que nuestra Ley haya sido cuestionada en vía judicial y contando con el respaldo de la Abogacía de la Generalitat, el Consell Jurídic Consultiu, la Abogacía del Estado y la Comisión bilateral constituida al efecto de revisar la ley en su momento, ahora pensemos en una solución a un problema que ningún tribunal nos ha planteado: “Estamos poniendo la venda antes de la herida” y eso dice muy poco del compromiso y respeto hacia las leyes elaboradas soberanamente por nuestro Parlamento “Les Corts”.
Años de lucha para dejar de ser policías de segunda, para estar al mismo nivel que el resto de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad (CNP, GC, Mossos, Ertzainas, P.Gral Canaria, Foral Navarra) se conseguía con nuestra Ley 17/17. Y ahora, por la lectura interesada de algunos con la Sentencia de Constitucional sobre el hecho balear, retuercen la ley y se ponen al nivel de aquellos que les exigieron por dos veces consecutivas decretos leyes para alargar la posibilidad de nuevos nombramientos temporales.
CCOO, hemos manifestado nuestra posición indubitada en contra. Pues la sensación de no luchar hasta el final por la total profesionalización que consideramos un logro importante creemos que rebaja las expectativas generadas por el Govern del Botànic ante el colectivo y la ciudadanía que se merecen la mayor calidad en el servicio básico de seguridad.
Esta marcha atrás, en lugar de defender la norma y exigir su cumplimiento pone en cuestión el verdadero sentido que de la competencia en materia de coordinación de policía local tiene la Generalitat.
Desde CCOO vamos a utilizar todas las vías de acción que nos permitan defender el trabajo de negociación y consenso que dio origen a la Ley 17/17. La ley con la mas amplia participación que se ha elaborado de las tres que han sido desde el año 1990.


lunes, 14 de octubre de 2019

El Equipo de dirección de la Agrupación de Policía Local de CCOO acuerda por unanimidad la defensa inquebrantable de la profesionalización total de la Cuerpos de Policía Local que contempla la Ley 17/17

Reunido en Valencia hoy día 14 de octubre con objeto de analizar la Sentencia del Tribunal Constitucional en torno a la constitucionalidad de interinaje en policía local previsto en la Ley de Coordinación de Baleares y sus consecuencias en el ámbito valenciano, acuerda mantenerse firmes en la defensa de nuestro texto legal.
Reunión del Equipo de Dirección de la ASPL
Reunión del Equipo de Dirección de la ASPL
Tras varias décadas exigiendo que se nos pusiera al mismo nivel, cuanto menos, que los cuerpos de policía estatales o autonómicos, conseguimos con la Ley 17/17 configura los Cuerpos de Policía Local como cuerpos de policía integrados "únicamente" por personal funcionario de carrera de administración especial, tal y como figura de manera incontrovertida en el artículo 41 sobre la condición de personal funcionario de carrera de sus integrantes.

La Dirección de CCOOPOLICIA valora con preocupación que tras la sentencia del TC según la cual, es perfectamente constitucional la decisión del Gobierno Balear de regular la figura del policía interino, se puedan producir maniobras en torno a la reversión de los que nuestra ley y años de lucha han configurado para futuro en nuestra Comunitat.

Por tanto se acuerda mantener una posición firme de defensa de esta importante conquista profesional, exigiendo con ello que se respete la voluntad manifestada por la gran mayoría de los representantes del pueblo valenciano que tan sólo contó en la cámara con un partido en contra.

Resulta obvio poner el acento en el hecho de que nuestra ley pasó todos los filtros y no fue cuestionada por inconstitucional en este aspecto. La Abogacía de la Generalitat, el Consell Jurídic Consultiu, la Abogacía del Estado… dieron el visto bueno a las pretensiones de máxima profesionalización de los Cuerpos de Policía Local.

Y todo ello, haciendo uso por parte de Les Corts de la capacidad de legislar en aquello que son sus competencias constitucionales, en este caso, la "coordinación de los cuerpos de policía local".

Resulta evidente que la Sentencia de TC, puede tener lecturas muy preocupantes para nuestra profesión. Nos devuelve la sensación de ser "policías de segunda", "distintos", a los que se les puede nombrar y descombrar mientras no consolidemos una plaza. Y esta precariedad, inestabilidad, temporalidad injustas, solo redunda en perjuicio de la ciudadanía y de la profesión.

Vamos a seguir en nuestro sitio. Defendiendo en coherencia lo que siempre hemos defendido, lo que hemos conseguido y por lo que tanto hemos luchado.

domingo, 6 de octubre de 2019

La falta de personal en el IVASPE y los Presupuestos 2020.


Por Julio Conesa

Desde los años noventa el Instituto Valenciano de Seguridad Publica y Emergencias (antiguo IVASP) ha pasado por diferentes etapas. Siendo inicialmente considerado como un referente estatal en la formación de los policías, paso con el tiempo a convertirse en una sección administrativa más de las sucesivas consellerías de interior, gobernación, administraciones publicas, etc, según la legislatura correspondiente.

Un periodo de inanición y reducción de personal en el que primó la externalización de la formación policial hacia entidades “colaboradoras”, dejando en manos, mayoritariamente de los sindicatos, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento, con el consiguiente clima clientelar que se generó entre ellos.

La actual Ley 17/17 de Coordinación pretende entre sus objetivos definidos en el título V que la formación para el desarrollo profesional de los miembros de los cuerpos de Policía Local, recaiga fundamentalmente en el IVASPE, al que corresponde el ejercicio de las funciones de formación, investigación y perfeccionamiento profesional en materia de policía y emergencias.

Sin embargo, la realidad es que no se da el paso de la palabra a los hechos, y mientras vemos otras autonomías, dedicar recursos materiales y humanos a esta labor, en nuestra caso la asignación sigue siendo ínfima.

Durante años viene funcionando con sólo 6 o 7 personas. Y la pregunta es ¿como es posible que la Comunidad Valenciana no tenga el nivel que le corresponde en recursos para la formación en seguridad y emergencias?

Resulta difícil de entender como se hacen apuestas por la centralización de los procesos selectivos en el IVASPE, lo que redundaría en beneficio de los ayuntamientos y la ciudadanía en general y al mismo tiempo se mantienen estas estructuras faltas de personal.

No menos de 30 efectivos

La encomiable labor que desarrollan estas personas para sacar adelante los programas anuales de formación que demandan más de 12.000 empleados públicos de las emergencias no se ve reconocido por la administración de la Generalitat incorporando los efectivos necesarios (no menos de 30 empleados) para que todo funcione con mayor fluidez y se puedan abordar otros aspectos previstos en la ley y que no se atienden como es debido desde los años 90, como los de investigación y asesoramiento.

Es urgente que el “Govern” refleje en los próximos presupuestos una apuesta real por la formación y mejora profesional de este Servicio Básico de Ciudadanía.

Publicado en El Mundo (Comunidad Valenciana) 5/10/19
https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2019/10/05/5d9856cc21efa0e6768b46a2.html

sábado, 5 de octubre de 2019

El lobby del trabajo precario en policía ataca de nuevo

Por Julio Conesa

Tras la Sentencia del Constitucional en la que parece enmendar la plana al Tribunal Supremo y dar un varapalo a los políticos que elaboraron la Ley 27/2013, algunos se están frotando las manos.

Por fin gritan: El Constitucional dice que se pueden nombrar policías "interinos", policías "temporales", policías en "precario" !!

Que manera de sufrir estos últimos años!!!!

Parecía que con la Ley 17/17 de la Generalitat ya no íbamos a poder seguir contratando y cesando a policías locales. Que íbamos a tener que convocar Ofertas de Empleo Público, a hacer oposiciones para cubrir necesidades. Ufff, menos mal que el Constitucional ha puesto las cosas en su sitio y vamos a poder seguir haciendo lo que queramos, como antes.

Estas reflexiones se oían el otro día 4 de octubre en la 15ª Asamblea de la FVMP en la Feria de Muestras de Valencia, y algún alcalde se atrevió a decirlo claramente ante el auditorio subiendo a la tribuna y explicándose brevemente.

Lamentable tan cortas miradas. Preocupados mas por el día a día que por el futuro de la seguridad y la calidad de servicios que se prestan a sus conciudadanos.

Pero olvidan que aquí, en la Comunitat, los representantes del pueblo valenciano ya se pronunciaron al elaborar y votar la Ley 17/17 con los votos en contra sólo de C´s, por una mayor profesionalización de los Cuerpos de Policía Local y que como la propia ley indica, estarán constituidos "unicamente" por funcionarios de carrera.

Y que yo sepa, la competencia en materia de "coordinación de policías locales" con todo lo que ello implica, está en manos de "Les Corts Valencianes" y la soberanía que en ellas reside y lo han dejado bien claro: "unicamente".

Por lo tanto no hay contradicción entre la Sentencia del Constitucional indicando que las plazas de funcionario de carrera "pueden" estar ocupadas por urgencia y temporalmente por interinos y que nuestra legislación propia de forma clara indique que "no", que en nuestro caso "únicamente" funcionarios de carrera.

Recordemos que el EBEP contempla tres tipos de funcionarios: de carrera, eventuales o interinos. Pues bien. El legislador valenciano cerro la puerta y concluyo "unicamente funcionarios de carrera". Ni eventuales, Ni interinos.

Si el legislador no hubiera optado claramente por esta figura, hubiera dejado la puerta abierta no indicando "unicamente", ni fijando un periodo transitorio para la integración como funcionarios de carrera de todas las plazas ocupadas por personal interino como así dispone la Transitoria Primera de la ley.

Por tanto: Menos frotarse las manos y más ponerse a trabajar para solucionar un asunto que ya debería estar solucionado.

Menos frotarse las manos y ejercer de lobby de presión contra una Ley con mucho futuro y más ponerse a regular, planificar y programar como abordan la solución de los problemas de plantilla, estructuras y medios que sus Cuerpos de Policía Local necesitan.