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jueves, 24 de febrero de 2022

CCOO denuncia posibles irregularidades en los procesos selectivos de mejora de empleo.


CCOO PLV, solicitó información el pasado día 19 de enero y 1 de febrero mediante trámite interno dirigido a la Jefatura de PLV, sobre el proceder del Tribunal o Comisión de Valoración en los procesos efectuados de Oficial e Inspector de PLV. Habiendo permanecido un tiempo prudencial sin haber obtenido información y en otra ocasión, negando facilitar parte de la misma durante el transcurso de una Mesa Técnica, y pese a los distintos intentos realizados en ese sentido, no se ha podido desmentir al no haber sido posible contrastar la información, que se hayan producido posibles irregularidades en los procesos de selección de personal que a continuación describimos; 

En el procedimiento de Oficiales de PLV, se corrigió el ejercicio tipo test sin guardar el anonimato de los participantes, es decir, cuando se entregaba el ejercicio realizado, no se cortó la solapa punteada, recogiendo los miembros del Tribunal o Comité de Valoración, la totalidad del ejercicio, sin hacer entrega a los participantes de la solapa o parte del ejercicio numerado que vinculan ambos documentos, por lo que se entregaron a los miembros del Tribunal junto al examen, los datos personales de los aspirantes. De ser así no se hubiera garantizado el derecho y deber de anonimato siendo susceptible de poder hacerlo de forma sencilla. 

En el procedimiento de selección de la prueba objetiva de Inspectores (supuesto práctico escrito y lectura del mismo frente al Tribunal), se ha solicitado el Acta del Tribunal donde consten los criterios de corrección o valoración previos a la realización del ejercicio, criterios que deben haber utilizado los miembros del Tribunal para conformar el resultado de la prueba, y que sin su existencia, los criterios de valoración o corrección, se hubieran conformado improvisadamente por parte del Tribunal en el mismo momento y durante la lectura personalizada que realiza el aspirante frente a los miembros del Tribunal del ejercicio realizado. 

Para esta Representación, resulta imprescindible conocer a qué responde la puntuación obtenida en los diferentes apartados del ejercicio, del mismo modo, es imprescindible esa información para localizar y conocer posibles errores del Tribunal en la suma o penalización de la distinta puntuación obtenida a lo largo del ejercicio. 

Así mismo, resulta de interés conocer los criterios que ha utilizado el Tribunal para llegar a la suma de la puntuación final. Criterios que el Tribunal debe establecer con su libre criterio y parecer, pero con antelación a la realización de las pruebas de selección. 

Además, a mayor abundamiento y según ha tenido conocimiento esta Representación, el Proceder del Tribunal en la lectura del supuesto práctico, ha sido el facilitar al aspirante a mejora, el sobre sellado que contenía el ejercicio realizado previamente y de forma escrita, para que realizara la lectura del mismo. El Tribunal, entregó el sobre sellado al aspirante realizando las siguientes observaciones; verifique que es su firma antes de la apertura del sobre, verifique que no ha sido abierto o manipulado el sobre con anterioridad y que el mismo contiene su examen. 

Tras las comprobaciones, el aspirante refería a los miembros del Tribunal, estar todo correcto y seguidamente, el Tribunal le solicitaba que ya podía proceder a la lectura del mismo. 

Deduciéndose de ello, que durante la lectura efectuada por los aspirantes, el Tribunal no poseía, (al no haberlas realizado inmediatamente después de la apertura de los sobres que contenían los ejercicios), las fotocopias de cada ejercicio realizado por los aspirantes, al menos a efectos de comprobación por parte del Tribunal o Comité de Valoración de que la lectura se ajustaba a lo que realmente habían escrito previamente los aspirantes. 

Conociendo que, por venir establecido en la Orden del Cuerpo 0632021 “CONVOCATORIA LECTURA SUPUESTO PRÁCTICO, BOLSA DE MEJORA DE EMPLEO A INSPECTOR” de fecha 03-12-2021, las lecturas se efectuaron en grupos de 5 aspirantes, en días y horas diferentes que comprenden desde el día 9 de diciembre de 2021, hasta el día 22 de diciembre, y según nos trasladan a esta Representación personal que participó en el procedimiento selectivo, la información de que el Tribunal no realizaba las comprobaciones sobre la coincidencia de lo narrado con lo escrito, al no disponer el Tribunal de una copia de cada ejercicio escrito, fue una información que corrió rápidamente entre los aspirantes, reconociendo alguno de ellos, que durante la lectura, “había narrado unos datos que había olvidado escribir”, y dado que de ser cierta la información, además de constituir una perversión de la prueba selectiva, constituiría una desventaja para aquellos aspirantes que efectuaron la lectura en los primeros grupos. 

En el mismo sentido, y pese a haberlo solicitado expresamente, se desconoce a día de hoy en qué posición se va a efectuar el corte de los listados de aspirantes que han superado los ejercicios. En todo caso, y de no recibir la información solicitada, esta Representación, impulsora para que los procesos de mejora se llevaran a término dadas las carencias existentes en la plantilla, no puede obviar la carencia de garantías y falta de transparencia en el proceder selectivo, por lo que se reserva las actuaciones administrativas y/o judiciales a emprender. 


CCOO-PLV SINDICATO A TU SERVICIO EN TODOS LOS NIVELES 



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