"MINYONS VALENCIANS - POLICIA VALENCIANA" blog per a la difusió de les noticies relacionades amb el mon de la SEGURETAT PÚBLICA des de gent de l'ambit de CCOO

jueves, 27 de julio de 2017

Avanzando hacia la aprobación definitiva de la nueva Ley de Coordinación



Reunida la Comisión de Coordinación de Policía Local en fecha 27 de julio de 2017 se informa que finalizado el trámite de audiencia con las comparecencias públicas celebradas el 25 de julio de 2017 en la Comisión de Administración Local de las Corts, se pasará en breve al debate correspondiente en seno del Parlamento para pasar a votación la Ley a la mayor brevedad posible. La voluntad de todos es que por fin la ley pueda ver la luz en octubre.

La sesión de hoy se ha desarrollado abordando fundamentalmente los trabajos de elaboración del futuro nuevo Decreto de Uniformidad, el cual se encuentra muy avanzado, pendiente de proceder al diseño de las prendas, para lo que se va a contar con el Instituto Valenciano de Diseño, también pendiente queda el establecimiento del sistema para hacer que no se produzcan incumplimientos del mismo o interpretaciones particulares que pudieran romper con la homologación pertinente.

En cuanto a la constitución de la Comisión Mixta (gabinete técnico con participación sindical) para abordar el Decreto de consolidación de empleo temporal decir que ya se ha constituido, que tendrá una próxima sesión de trabajo en septiembre ya con fecha fijada y que se quiere plantear ajustar los plazos para la realización del proceso a lo fijado por el Gobierno en el Acuerdo con CCOO, UGT y CSIF sobre empleo público.

En este punto desde CCOO hemos vuelto a recordar que el art. 41 del proyecto de Ley cambió entre la versión 25 y la 26 por requerimiento de Función Pública donde se quitó toda referencia explícita a la obligación de cubrir vacantes exclusivamente con personal funcionario de carrera, lo cual puede acabar generando una conflictividad jurídica innecesaria. Por lo que en trámite parlamentario vamos a intentar recuperar el párrafo 2 de dicho artículo, que no debería haberse quitado.

Por otra parte CCOO hemos solicitado que la Comisión parta en sus trabajos del Decreto 89/2001 que sirvió entonces para avalar los procesos de consolidación y que no provocó conflicto jurídico ninguno.

Se ha explicado la reunión mantenida con Subdelegación del Gobierno con presencia de los Mandos de la Guardia Civil para tratar el asunto del traslado de armas fuera de término. La reunión fue muy positiva y provechosa llegandose al acuerdo de que propondríamos, en palabras de Ana Odena-CCOO asistente a dicha reunión, "un modelo estandarizado para comunicación por parte de los ayuntamiento".

Respecto de la Sentencia del Supremo que declara incompatibles la pensión de invalidez con el cobro del sueldo en situación de segunda actividad, se ha valorado y la conclusión es que no afecta de modo alguna al texto de la nueva Ley de Coordinación, por lo que se considera que deberá ser abordado por cada particular afectado en el supuesto de que se den nuevos casos.

Los sindicatos hemos manifestado que efectivamente actuaremos en cada supuesto cuando algún compañero afectado pudiera verse afectado por esta Sentencia.

Se informa sobre la puesta en marcha de un Grupo de Trabajo para el establecimiento de una "Plataforma Digital" que permita la intercomunicación y colaboración entre cuerpos de policía local. En una primera etapa se garantizará su generalización en pequeñas poblaciones. Y en segundo término se buscará la compatibilización de los sistemas ya existentes en alguna población para poder incorporarlos.

Sin más asuntos, se ha levantado la sesión no sin antes intervenir el Director General Jose María Angel Batalla, agradeciendo el trabajo desarrollado por todos y deseando un feliz verano, instando a los presente a retomar el trabajo con mayor intensidad a partir del verano.

miércoles, 26 de julio de 2017

Notas sobre la comparecencia en Corts Valencianes en torno a la nueva Ley de coordinación


La sesión ha ido bien la gente de CCOO hemos estado en nuestro sitio defendiendo el trabajo que hemos hecho y planteando la necesidad de mejorar el texto de la ley.

Se ha visto muy claramente como tanto Podemos, Compromís como PSOE están posicionados en favor de la ley y  el Partido Popular busca cuestionar los aspectos que pudieran ser polémicos a partir del asesoramiento que les hace el SPPL.

La primera intervención ha correspondido a Julio Conesa en calidad de Coordinador General de la Administración Local de CCOO-PV. La exposición ha ido en la línea de poner en evidencia que una nueva ley ya era reclamada incluso por el Partido Popular en 2008 como consta en actas de Les Corts. Como en 2005 todos los grupos políticos ya abogaban por la creación de un Cuerpo Único de Policía Autonómica. Como en estos casi 20 años la ley 6/99 ha quedado obsoleta por la publicación del nuevo Estatut d'Autonomia, del EBEP, de la Ley de Función Pública Valenciana de 2010, de la modificación en 2015 con el Texto Refundido del EBEP, etc...

A Ana Odena de CCOO la han interpelado bastante por el tema de las políticas de igualdad la necesidad de incorporar mujeres a los Cuerpos de Policía Local y además han resaltado que fuera la única mujer de todos los comparecientes.

Ana ha explicado todo lo relativo a la nueva estructura de los Cuerpos de Policía Local que se pretende así como las fórmulas de acceso y promoción las nuevas categorías y estructura y el papel fundamental del IVASPE.


Antonio De Arriba CCOO se ha dedicado a
explicar los motivos y razones por los que comisiones presenta alegaciones de mejora al texto de la ley entre otras cosas todo lo relativo a la plasmación de las funciones que nosotros consideramos que deben figurar; ha hablado de la financiación del asociacionismo municipal y ha tratado el tema del personal interino en el sentido de defender que nuestra postura es la de que la ley deje negro sobre blanco la desaparición de la figura del interinaje.

Tanto en la primera intervención de Comisiones Obreras, en la que ha realizado el representante de UGT, Paco Caballero (en la foto) ha quedado claro que el manifiesto firmado y suscrito por el SPPL, con  Comisiones Obreras, UGT y CSIF se ha respetado en todos sus extremos y hemos recordado que eran las condiciones básicas para continuar la negociación y considerar que a partir de ese momento se mejoraba la ley anterior.

Manuel Sánchez del SPPL se ha marcado un mitin contra la Agencia y los Sindicatos que damos nuestro apoyo a la ley.

Manuel Sánchez  ha vuelto a utilizar la demagogia y la mentira. Sin datos contrastados, se autoadjudican una representatividad que no tienen. Dicen haber sido expulsados de la Comisión de Coordinación, cuando lo que se ha hecho es cumplir la ley.

Y ha recibido un zasca enorme por parte de Ana Barceló diputada del PSOE

Ana Barceló ha pedido explicaciones a Manolo Sánchez sobre lo que el dice de que con la formación “estos de la agencia y los mantenidos se van a montar un corralito”.

Le ha dicho que el corralito es el que ellos tienen montado desde hace tiempo.Es para oírlo.

Tanto Compromís, como el PSOE y Podemos han hecho hincapié todo el tiempo en la necesidad de trabajar por profesionalizar los Cuerpos de Policía Local ampliar sus funciones y competencias, fomentar la colaboración y la coordinación entre todos ellos para finalmente ir configurando un cuerpo autonómico de policía que permita cubrir todo el territorio de la Comunidad Valenciana dando servicio a todos los ciudadanos y ciudadanas vivan en grandes ciudades o en pequeñas poblaciones.


A esta postura el representante del SPPL Manuel Sánchez ha dicho que es muy difícil que cuaje el asociacionismo municipal porque todos son problemas para poder llevarlo adelante pero que no obstante ellos están a favor. Cómo podéis comprobar una de cal y otra de arena.

La Comisión de Coordinación de Policía Local acuerda la constitución de una Comisión Mixta para la elaboración del Decreto de consolidación de empleo temporal que establecerá la nueva ley de policía local.

Estará formada por miembros del Gabinete Técnico de la Agencia (AVSRE) y de los Sindicatos con presencia en la Comisión de Coordinación. Siguiendo el mismo esquema que se ha desarrollado para la elaboración del Decreto de Uniformidad.

En la misma sesión del 28 de junio de 2017 se nos ha informado que la aprobación de la nueva ley por las "Corts" no será hasta septiembre u octubre dado el trabajo parlamentario que aún queda y la necesidad de diputados y diputadas de dar salida a las alegaciones y propuestas recibidas. Por nuestra parte, esperar que este retraso producido por la apertura en la participación que se practica hoy en día respecto de los tiempos del PP, sea para positivo y poder tener la mejor ley posible en este momento.


En otro orden de cosas se nos informa del estado en que se encuentra el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la AVSRE.

Respecto del borrador de decreto sobre condecoraciones, así como el de uniformidad decir que se encuentra elaborado y consensuado al 90%.

Se acuerda la constitución de una Comisión Mixta para la elaboración del Decreto de consolidación de empleo temporal que establecerá la nueva ley de policía local y por parte de CCOO participará Antonio De Arriba Muñoz, compañero responsable de CCOOPolicía en Alicante.

Nos trasladan las impresiones que se traen de la visita realizada a la Escuela de Policía del Pais Basco y algunas experiencias que podrían estudiarse para su adaptación en el IVASPE y en los cursos básico y de acceso que prevé la nueva ley.

Respecto de Tráfico y Seguridad vial se nos adelanta que se van a incorporar parte de las propuesta recibidas para ver de crear un área de trabajo específico dentro de CISE.

En otros asuntos se informa de la reunión prevista con Delegación del Gobierno sobre el asunto que denunciamos en su día entorno a la retirada de armas al personal de segunda actividad, o el requerimiento de autorización para desplazarse fuera de término con arma, etc…disfunciones que deben quedar claras a la mayor brevedad posible y no generar conflictos.

Por parte del compañero Ximo Gascó (miembro del Equipo de CCOOPolicía) propone que la Agencia estudie la posibilidad de fijar unos parámetros orientativos para homogeneizar criterios a la hora de poner en práctica servicios de policía con perros adiestrados. Al ser algo aportado en ruegos y preguntas se opta por incorporarlo a la próxima reunión de la Comisión de Coordinación.

Por parte de Julio Conesa se pregunta si la FVMP ha solicitado a la Agencia un acuerdo de colaboración para establecer las fórmulas por las que los ayuntamientos puedan ceder la realización de las pruebas físicas y psicotécnicas al IVASPE en sus procesos selectivos, ya que esta decisión se adopto en Mesa FVMP/Sindicatos el pasado 2 de junio, a lo que contestan que NO!

Julio Conesa pregunta igualmente si la FVMP se ha dirigido a la AVSRE solicitando un pronunciamiento, o instrucción de referencia sobre protocolo de autoprotección de los policías locales ante la situación de Alerta 4 y amenaza Yihadista, a lo que contestan que NO!

No obstante, por parte del Jefe de Policía Local de Valencia, José Serrano, se informa que las distintas instancias llevan trabajando de manera común para fijar criterios de carácter técnico-profesional que facilitará claridad en estos asuntos que preocupan a los agentes, ante lo que CCOO manifiesta su satisfacción.

CCOO informa de la sentencia reciente que anula la bolsa de trabajo para contratación de policías interinos convocada por la Mancomunidad de la Ribera Alta.
El tribunal ha dado la razón a los argumentos esgrimidos por CCOO en torno al hecho de que aún teniendo competencia en materia de policía local (Ley 27/2013) no la tienen para elaborar dicha bolsa pues no hubo marco de negociación ni ésta se produjo para la elaboración de las bases con los que estamos debidamente legitimados. Algo que debe resolverse en la Ley de Mancomunidades que está en este momento en Corts, algo que CCOO ya advirtió en su momento y por lo que además ha presentado alegacione
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jueves, 1 de junio de 2017

PREGUNTAS Y RESPUESTAS EN TORNO A LA NUEVA LEY DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Abrimos este espacio para recibir públicamente las preguntas que queráis hacernos en torno al texto del borrador definitivo accede aquí: https://goo.gl/s0dEM2 de Anteproyecto de Ley de Coordinación de Policía Local de la Generalitat.

Se han realizado 28 versiones del borrador durante casi año y medio. Un proceso muy participado que nos ha llevado a sucesivas modificaciones conforme se avanzaba en las propuestas, acuerdos y consensos.

En este momento ya hay una versión definitiva del borrador, porque ha pasado los filtros de la Abogacía de la Generalitat, el Consejo Económico y Social y el Consejo Jurídico Consultivo. Por tanto, más allá de que pudiera plantearse alguna corrección semántica, sintáctica, etc. lo esencial está resuelto y listo para entrar en Corts e iniciar el debate y trabajo parlamentario.

El periodo pues, de la participación en la elaboración y negociación del texto, ya ha pasado. Por primera vez, y a propuesta de CCOO, en mayo de 2016 se abrió un plazo para que pudieran hacer aportaciones a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias todas aquellas entidades, asociaciones o sindicatos que no estando representados en la Comisión de Coordinación quisieron participar.

Ahora, tal y como CCOOPOLICIA dejó plasmado en acta unas veces si y otras también, nos reservamos el derecho a procurar la mejora del texto vía parlamentaria. El trabajo de elaboración y participación con el poder ejecutivo ya pasó, ahora toca abordar los trabajos con el poder legislativo, que finalmente será el que apruebe la nueva ley.

Hemos tenido ya entrevistas iniciales con PSOE, Compromis, Podemos, PP y Ciudadanos. Una relación fluida cuyo objetivo es conseguir el mayor grado de unidad y consenso posibles.

Pero seguimos abiertos a las consultas, sugerencias, resolver dudas, recibir propuestas de futuro. Hay mucho por hacer y después con el desarrollo reglamentario aún más trabajo del desarrollado hasta ahora.

Por eso, al final de este arículo verás que hay un espacio en el que puedes escribir tus "comentarios" que sin duda pueden ser preguntas que procuraremos contestar.

Gracias. Esperamos tu participación.

martes, 16 de mayo de 2017

En torno a las 22 razones del SPPLB para oponerse a la nueva Ley de Coordinación

Por J.Conesa



Los compañeros del SPPLB han hecho públicos los motivos por los que se oponen al texto de la nueva Ley de Coordinación y que ha sido refrendado por la Abogacía de la Generalitat, el Consejo Económico y Social y el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana.


Estos organismos dejan en mal lugar las manifestaciones públicas que hicieron tiempo atrás los dirigentes del SPPLB en el sentido de que no pasarían dichos filtros.

Veamos que dicen:

1º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA CREACIÓN DE LA FIGURA DEL SUB-INSPECTOR DE POLICÍA LOCAL (Artículo 34).

Evidentemente, se puede estar de acuerdo o en desacuerdo, eso ya lo manifestamos todos durante el proceso de negociación, incluidos ellos mismos. Pero lo cierto es que la estructura incorpora una Escala nueva, la Ejecutiva con dos categorías: la de Oficial reclasificada y la nueva de Subinspector. Con ello se cierra la estructura de mandos con dos categorías por Escala, lo que da más seriedad y juego al sistema de jerarquías en un cuerpo piramidal.

2º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA NO INCLUSIÓN DEL AGENTE DE POLICÍA LOCAL EN EL GRUPO B (Artículo 34).

La incorporación de la categoría de Agente en el Grupo B (Técnico Superior) supondría que la Escala básica de ingreso exigiría niveles de titulación muy superiores a la de otros cuerpos policiales.....aunque todo se andará. De momento consiguiendo el reconocimiento del Grupo B en los Cuerpos de Policía iniciamos los trabajos para la consecución de titulaciones propias en el medio plazo como ya lo llevan en marcha en Bomberos.

3º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA CARRERA PROFESIONAL PLANTEADA (Artículo 60).

Carrera profesional? El artículo mencionado habla de las distintas modalidades de promoción interna: la ordinaria y la interadministrativa. ¿Supone esto que están en contra de multiplicar por decenas y decenas de veces la posibilidad de promoción? SI, todas las vacantes que saldrán a oferta interadministrativa, pues hasta ahora como vemos solo se mueven jefes de un lado para otro y siempre a dedo. Ahora todos podremos optar a mejorar profesionalmente ampliando las ofertas.

4º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON EL INCREMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y LAS PENAS (Artículo 97 y 100).

Incremento del régimen disciplinario? Pero si es el que TODOS acordamos. Incluidos ellos. Aceptar el régimen disciplinario pactado porque es mejor que el del CNP y más garantista para los derechos de los policías locales.   

5º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA REALIZACIÓN DE UN CURSO PREVIO
(Artículo 58) Y MÁS PRUEBAS PARA OPOSITAR A POLICÍA LOCAL (Artículo 61).

El curso previo queda a la espera de su concreción lo que conllevará (y lo sabe el SPPLB) una reducción de las pruebas a desarrollar en los procesos selectivos. Con el tiempo, el curso previo podremos evitarlo con la convalidación de estudios adecuados, por ejemplo los correspondientes a Técnico Medio de Seguridad, que tenemos pendiente de abordar en cuanto esté aprobada la Ley.

6º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LAS DENOMINACIONES DE LA ESCALA SUPERIOR (Artículo 37).

Bueno sobre gustos colores. La denominación anglosajona que viene siendo norma desde 1999, solo ha generado problemas al confundirnos con estructuras ajenas como la militar. Tanto "General" no parecía tener sentido. Ahora las denominaciones son más apropiadas al mundo "mediterráneo" 

7º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA CREACIÓN DE UN COMITÉ DE ASUNTOS INTERNOS EN LA POLICÍA LOCAL (Artículo 28).

Todos los cuerpos policiales tienen este tipo de órganos o servicios que ayudan a mejorar permanentemente actuaciones, imagen y respeto. 

8º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA NO REGULACIÓN POR LEY DE LAS RETRIBUCIONES DE LA POLICÍA LOCAL (Artículo 81).

Alucinante es ignorancia o ganas de engañar. ¡UNA SOLA LEY! Decidme por favor. Una sola ley que regule las retribuciones, que baje al detalle como pretenden ellos. Esto es materia de negociación posterior. Pero además es que ni lo propusieron en la Comisión de Coordinación cuando formaban parte de la misma, ni en la negociación con la Agencia.Ahora bien. Esta ley si que baja al detalle de comprometerse en un sistema retributivo que homogenice cosa que no hacían ninguna de las anteriores. 

9º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA COMPOSICIÓN DEL GABINETE TÉCNICO NI DE SUS FUNCIONES (Artículo 21).

El Gabinete es elegido como viene siendo elegido desde la Ley 2/90 y nunca nadie (Ni CCOO, ni UGT, ni CSIF, ni SPPLB) cuestionó la forma en que el Director Gral nombra a su equipo de asesores 

10º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON QUE EL ALCALDE PUEDA DELEGAR SUS ATRIBUCIONES EN MATERIA DE POLICÍA LOCAL EN CUALQUIER CONCEJAL (Artículo 29).

Pues trabajaros la derogación de la Ley de Régimen Local, porque esto no es algo que fije esta ley.

11º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON EL ABANDONO DE LOS POLICÍAS LOCALES INTERINOS, AL NO ESTABLECERSE UNA HABILITACIÓN LEGAL PARA DESARROLLAR UN PROCESO CON GARANTÍAS DE CONSOLIDACIÓN (Disposición Transitoria Primera).

Abandono? Precisamente lo que hace la Ley es marcar un proceso garantizado y ello está respaldado y supervisado por todos los organismos que deben emitir dictamen. Algo que como muy bien saben los interinos NO ERA SEGURO! Ya tuvieron ocasión de escucha a la Directora Gral de Función Pública hace unos meses. Al final se ha logrado.
Ahora queda garantizado por ley, que se negociará un decreto específico.

12º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA REPRESENTACIÓN SINDICAL PLANTEADA PARA LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN. NO AL MONOPOLIO DE LOS SINDICATOS DE CLASE (Artículo 8.3).

La representación es la que legalmente se establece por la Ley Orgánica de Libertad Sindical. Lo que la ley fija son los criterios de representación y participación institucional. Y ello ha sido avalado por la Abogacía, el CES y el C. Jurídico Consultivo.
Lo que se dió en la etapa anterior, fue una lectura interesada por parte del PP de la Ley, que benefició al SPPLB. 

13º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA INSEGURIDAD CREADA EN LAS INTERVENCIONES FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL EN LOS CASOS DE URGENCIA. (Artículo 31).

Aquí estamos de acuerdo y habrá que seguir trabajando para solucionarlo. Pero ha sido una decisión del Consejo Jurídico Consultivo argumentada en el Dictamen en base a la Ley Orgánica 2/86 

15º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON QUE NO SIRVA UNA TITULACIÓN SUPERIOR PARA ACCEDER A UNA INFERIOR, SÓLO LA EQUIVALENCIA. NI QUE SE ESTABLEZCAN LOS COMETIDOS DE LOS PUESTOS DE TRABAJO. (Artículo 37)

Esto sencillamente no es así. No se puede soltar una afirmación de estas características y quedarse tan tranquilos. Deberían explicarse mejor. Si no lo hacen solo generan incertidumbres innecesarias. 

16º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON QUE PARA CREAR LA PLAZA DE LA MÁXIMA CATEGORÍA DENTRO DE CADA CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL, DEBAN DE EXISTIR COMO MÍNIMO DOS PLAZAS CUBIERTAS EN LA CATEGORÍA INMEDIATAMENTE INFERIOR. (Artículo 38.4)

Bueno, bueno. ¿Y si que están de acuerdo con lo que está sucediendo que para prepararle la de Intendente o más a alguien se crean ficticiamente plazas de inferior categoría que luego no se cubren nunca?  Creando con con ello cuerpos que en lugar de estructura piramidal parecen cohetes para elevar a alguien

17º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON QUE POR LEY SE ESTABLEZCA Y REGULE LOS CASOS DE RETIRADA DEL ARMA REGLAMENTARIA, Y QUE SE DEJE PARA UN FUTURO REGLAMENTO EL SISTEMA QUE SE ESTABLECERÁ PARA SU RECUPERACIÓN. (Artículo 45)

TODOS y digo TODOS nos manifestamos en su momento a favor de que se condicione claramente la decisión sobre retirada del arma de fuego y en esa línea, siguiendo las alegaciones que presentó el SPPLB, acordamos que debía justificarse claramente por escrito y con los filtros facultativos necesarios tal y como figura en la ley. Pero además incluimos, para seguridad del mando que ha retirado el arma de manera justificada, que la restitución de la misma también deberá contar con las justificaciones facultativas pertinentes. 

18º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA ELIMINACIÓN DEL ACCESO POR TURNO LIBRE A LAS ESCALAS TÉCNICA Y SUPERIOR. (Artículo 55)

Pues ya me diréis ¿para que nos hemos pasado la vida reclamando todos, también vosotros, que el que llega a Jefe haya pisado el adoquín y pasado por todas las categorías antes, para saber de que habla? 

19º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON ESTABLECER UNA ENTREVISTA EN LAS PLAZAS DE MOVILIDAD, O CUALQUIER OTRO REQUISITO, Y QUE NO SE RECONOZCA NINGÚN DERECHO, ÚNICAMENTE OBLIGACIONES. (Artículo 65)

Como?. Hemos garantizado que la entrevista (que ya figura) no tenga valor eliminatorio y que se circunscriba a clarificar aspectos relativos a la experiencia y méritos. No un examen como en algún caso hasta ahora 

20º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA NO ASISTENCIA LETRADA A LOS POLICÍAS LOCALES EN TODOS LOS SUPUESTOS QUE SEAN NECESARIOS POR NECESIDADES DEL SERVICIO. (Artículo 78)

OJO. Asistencia letrada especializada !!! Cosa que no tenemos ahora y además queda pendiente de pactar las condiciones de mejora de la misma. 

21º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA IMPOSICIÓN DE RECONOCIMIENTOS MÉDICOS BAJO EL AMPARO DE RESOLUCIONES CAPRICHOSAS. (Artículo 80)

Si son caprichosas actuaremos judicialmente contra ellas. Pero es necesario poner coto a la despreocupación existente en algunos y a la inhibición de otros ante los problemas de suicidios que padecemos todos los años. 

22º NO ESTAMOS DE ACUERDO CON EL INCREMENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES (RETIRADA DEL ARMA, PLACA, UNIFORME O TRASLADO DESTINO) EN LOS CASOS DE APERTURA DE EXPEDIENTE DISCIPLINARIO. (Artículo 106)

Esta aportación viene enmarcada en los requerimientos efectuados por el Consejo Jurídico Consultivo y lo hacen en referencia a las faltas graves o muy graves, como una opción, no es obligado y dentro del procedimiento. En fin estaremos al tanto de comprobar su aplicación. 

martes, 9 de mayo de 2017

Justificación de la reclasificación de Escalas y Categoría en la nueva estructura de los Cuerpos de Policía Local.

La estructura de escalas y categorías en la actual Ley 6/99, contempla la existencia de dos categorías por escala, así en la escala básica se definen la categoría de agente y oficial, en la escala técnica, las categorías de inspector e intendente y en la escala superior las escalas de intendente principal e intendente general.

La propuesta de nueva estructuración tras la aprobación del Estatuto Básico de Empleado Público, sigue la filosofía que impregno la reestructuración de escalas y categoría en referencia a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, Ley 7/2011 de la Generalitat, la cual cierra la estructura jerárquica incorporando el grupo de titulación B y con ello la existencia de escalas y categorías en todos los grupos de titulación contemplados en la nueva distribución definida por la Ley 7/2007 del EBEP (ahora Real Decreto Legislativo 5/2015 TREBEP).

Además en el caso de los cuerpos de policía local se da una situación peculiar al encontrarnos con el hecho de que muchos de ellos tienen como Jefe del Cuerpo a un o una Oficial, escala básica actual. La nueva reclasificación dotaría a dichas jefaturas de un estatus diferenciado, lo que daría mayor relevancia a las mismas.

Por otra en el caso de los Cuerpos de Policía Local se plantea, no solo, ajustar la estructura jerárquica contemplando todas las Escalas, sino además la readaptación de la distribución de categoría al mismo esquema que se siguió con la actual Ley 6/99 con la definición de dos categoría por escala y grupo de titulación.

Siendo así, corresponde la clasificación de los Oficiales del Grupo C, subgrupo C1 en la nueva escala ejecutiva grupo B. Con ello se garantiza que contemplamos una escala de acceso, escala básica,  con una categoría y posteriormente la progresión vertical por dos categorías por escala y grupo de titulación.

Por otra parte, la incorporación de la escala ejecutiva, grupo B de titulación y por tanto la necesidad de poseer como mínimo una titulación de Técnico Superior de características apropiadas, ya contemplado a futuro permitirá abrir una variante educativa en “seguridad pública” de suma importancia y transcendencia. Tal es el caso de bomberos que en este momento tienen ya en marcha los cursos de Técnico Superior adecuados a la función.

Por otra parte, se hace imprescindible aprobar una disposición transitoria en la que se concrete que aquellos oficiales de policía local que a la entrada en vigor de la nueva ley sean clasificados en la nueva escala ejecutiva y no estén en posesión de la titulación de Técnico Superior o titulación de carácter universitario superior pasarán a ser declarados con plaza a extinguir hasta que se subsane esta situación. No obstante mantendrán los derechos consolidados y las competencias apropiadas al cargo.

Atentamente.


Julio Conesa Martí
Coord. Gral.

Admón. Local FSC-CCOO PV

domingo, 22 de enero de 2017

¿Como está la mancomunización de servicios de policía local en este momento?



Por J.Conesa

Varios medios de comunicación se han hecho eco estos días de diferentes anuncios hecho públicos sobre la posibilidad que abre la futura nueva Ley de Coordinación de Policía Local en torno a la prestación mancomunada de servicios de policía e incluso de la posibilidad de llevar adelante la creación de un cuerpo dependiente de una mancomunidad.

Desde aquí quiero advertir que estas noticias de prensa no son más que fruto del interés real por hacer avanzar la actuación y coordinación policial más allá del puro papel. De hacer ver que es posible que algo cuaje en esta línea después de años y años de propuestas, pero sin ninguna actuación concreta amparada en las normas.

Es cierto que la voluntad expresada por todos los agentes que hemos participado en la elaboración del borrador del texto de anteproyecto de ley de coordinación es la de caminar hacia fórmulas que permitan abrir el camino hacia un sistema de seguridad pública valenciana que tenga carácter unificador, cuya estructura sea la de Cuerpo Único de Policía Autonómica y su base una policía local muy profesionalizada y capaz de coordinarse de manera supramunicipal, a través de mecanismos de actuación mancomunada y del establecimiento de cuerpos mancomunados en las zonas donde por si solos los municipios no pueden cubrir las necesidades en seguridad.

Pero debemos salir al paso de cualquier propuesta aventurada, que no tome en consideración la realidad de donde partimos. Porque no se trata de juntar las migajas para intentar tener un pan.

Y en este sentido debemos recordar lo que plantea el borrador de anteproyecto de Ley de Coordinación versión 25, ya que no hay aun un “proyecto de ley”.

En su Artículo 35, sobre asociación de municipios indica claramente que sólo en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los municipios podrán asociarse para la prestación conjunta del servicio de policía local y ello tomando en consideración en la legislación de régimen local de la Comunitat Valenciana.

Por lo tanto, cualquier decisión deberá ajustarse a este marco, no podemos inventarnos otro, estamos moviéndonos en los límites que fija la Ley Orgánica.

En otro orden de cosas el borrador plantea que deberán hacerse convenios interadministrativos y que estos se llevarán a cabo a través de mancomunidades, que contemplarán todos los aspectos relativos al régimen jurídico y financiero para el ejercicio de las funciones de policía local.

En todo momento habrá una fiscalización y control del proceso por parte de la Generalitat a través de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias y que como es lógico determinará los requisitos y el régimen jurídico de los acuerdos de asociación.

Por otra parte el borrador viene a señalar que los municipios integrados en Consejos Supramunicipales de Coordinación de Policías Locales, y los que estén integrados en mancomunidades de municipios con competencias en policía local, son los que podrán suscribir convenios específicos para la planificación y coordinación de sus recursos de policía local. Es decir, lógicamente habrá que formar parte de una estructura supramunicipal para coordinarse y actual por un lado o, habrá que formar parte, estar integrados, ser mancomunidad.

Lógicamente, entre los requisitos deberán figurar (debe reglamentarse) y así lo exigiremos desde CCOO, la preceptiva negociación de las condiciones de trabajo que puedan verse afectadas por estas decisiones y acuerdos interadministrativos; el respeto a los derechos adquiridos y las fórmulas jurídicas, de compensación e indemnización por servicios, etc.

Y todo ello sin perder de vista como decía al inicio, que es la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la que fijó en su disposición adicional quinta sobre colaboración para la prestación de servicios de policía local, la posibilidad del asociacionismo. Pero que éste está muy limitado de origen en sus pretensiones, por lo que ir más lejos obligará a mucha negociación, acuerdos y consensos, incluso con la intervención del Estado.

La Ley Orgánica, limita el asociacionismo al supuesto en que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local.
Y por otro lado establecía que deberá ajustarse a los criterios que fije el Ministerio del Interior, y éste lo hizo en la Orden INT/2944/2010, de 10 de noviembre, que en su artículo 2, fijaba los requisitos: Reiteraba el ya fijado en ley, que deben ser municipios limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, que no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local y por último uno muy significativo, que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.
Es evidente, por tanto, que el asociacionismo que el borrador de la nueva Ley plantea está limitado. Desde CCOO defendemos la búsqueda de acuerdos interadministrativos entre aquellos que tienen problemas reales para cubrir las necesidades de seguridad pública y además conviven en un mismo espacio y territorio, pero no para que poblaciones importantes y cuerpos de gran capacidad lleven adelante una especie absorción funcional de las poblaciones cercanas.
Para esta segunda realidad está prevista la coordinación supramunicipal. Planificación y coordinación de servicios y actuaciones, de tal manera que los programas de actuación sean comunes, las campañas a lo largo del año se puedan unificar, se comparta información y hayan actuaciones conjuntas, pero no la integración, como sí permite la Ley Orgánica en los casos anteriores.